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'Prueba idónea' no se elimina en reformas a la Constitución Política

Juristas advierten que si no se incorpora esta eliminación como requisito para investigar a un diputado, la reforma quedaría 'incompleta'.

Adiel Bonilla - Publicado:

Denuncian la vigencia de un supuesto pacto de no agresión entre la Corte y la Asamblea. Archivo

En las reformas a la Constitución que actualmente se debaten en la Concertación Nacional para el Desarrollo, varios temas relacionados con los diputados son evaluados, pero no se plantea la posibilidad de eliminar la famosa "prueba idónea", requisito que se exige para tramitar las denuncias que señalan a parlamentarios, y que diversos voceros jurídicos y la sociedad han calificado como "blindaje" para bloquear los procesos en su contra.

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Uno de los enérgicos opositores a que se siga exigiendo este requisito es el abogado Ernesto Cedeño, a quien le llama la atención que pese a la crítica generalizada, la mesa de la Concertación -hasta ahora- ha ignorado el tema.

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"Si no incorporan la eliminación de la prueba idónea para investigar a un diputado, en el paquete de reformas constitucionales, el cambio constitucional proyectado será insuficiente y acomodaticio", sentenció el jurista.

Recientemente se dio a conocer un fallo del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), precisamente por una denuncia promovida por la firma forense Estudio Jurídico Cedeño, en donde se pedía investigar al diputado Roberto Ayala (por un sonado "camarón legislativo"), pero la Corte no admitió la denuncia, alegando la falta de la prueba idónea.

Pero, ¿qué es realmente la prueba idónea? El propio pleno de la Corte definió este concepto en sentencia de 24 de marzo de 2014, bajo esta consideración: "De las anteriores definiciones, se colige que el requisito consistente en aportar prueba idónea del hecho punible imputado, implica proporcionar un medio adecuado y apropiado para justificar la verdad de los hechos que se señalan como delictivos, realizada a través de los medios que autoriza y que reconoce como efectivos la ley".

En este sentido, el abogado Ernesto Cedeño opina que es "casi imposible que prospere una denuncia contra los diputados", justamente porque se invoca la famosa prueba idónea.

A juicio de Cedeño, esto es un "blindaje" de la legislación vigente, que impide las investigaciones.

De hecho, en el fallo de la Corte Suprema que no admite la denuncia en contra del diputado perredista Roberto Ayala, se lee lo siguiente: "Esta Corporación de Justicia estima que no se ha presentado la prueba idónea, que configure los presupuestos, de la existencia de un hecho con apariencia delictiva y la presunta vinculación del diputado".

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Para el activista de la sociedad civil, Freddy Pittí, esto evidencia la teoría de que existe un pacto de no agresión entre magistrados de la CSJ y los diputados de la Asamblea (que por ley se juzgan mutuamente).

Claro que esto no es nuevo, y en el pasado reciente se han dado otros casos en donde la Corte Suprema de Justicia no ha admitido procesos por falta de la prueba idónea.

Así ocurrió, por ejemplo, en abril de 2017, cuando CSJ no admitió denuncia en contra del diputado Rubén De León por el supuesto desvío de 14 millones de dólares en concepto de donativos y contratos por servicios profesionales.

Lo que sí es tema vigente, y que sigue generando extrañeza, es que los miembros de la sociedad civil presentes en la Concertación no han propuesto eliminar de la ley este requerimiento.

 

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