Skip to main content
Trending
Revisión de regímenes aduaneros inicia en la Zona Libre de ColónTaylor Swift enfrenta una demanda por presunto plagio en ‘The Life of a Showgirl’Publican pliego de cargos para intercambiadores en David por $25 millones Expandir la capacidad logística permitirá que Panamá deje de perder, dice gremio marítimoInstalan consejo técnico para regular uso del cannabis medicinal
Trending
Revisión de regímenes aduaneros inicia en la Zona Libre de ColónTaylor Swift enfrenta una demanda por presunto plagio en ‘The Life of a Showgirl’Publican pliego de cargos para intercambiadores en David por $25 millones Expandir la capacidad logística permitirá que Panamá deje de perder, dice gremio marítimoInstalan consejo técnico para regular uso del cannabis medicinal
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Política / Salvamento de voto destaca que no hay argumentos legales para admitir impugnación contra Ricardo Martinelli

1
Panamá América Panamá América Miercoles 01 de Abril de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Campaña electoral / Corte Suprema de Justicia / Eduardo Valdés Escoffery / Elecciones / Panamá Decide / Tribunal Electoral / Ricardo Martinelli

Salvamento de voto destaca que no hay argumentos legales para admitir impugnación contra Ricardo Martinelli

Actualizado 2019/03/14 09:12:37
  • Redacción

Es necesario hacer hincapié en que la residencia electoral que parece en el Registro Electoral es la que sirve de base para determinar si el postulado cumple con el tiempo de permanencia en esa residencia electoral y su vinculación con la circunscripción electoral que pretende representar

La magistrada Myrtha Varela de Durán emitió argumentos que sustentan porque no se debió admitir la impugnación contra Ricardo Martinelli.

La magistrada Myrtha Varela de Durán emitió argumentos que sustentan porque no se debió admitir la impugnación contra Ricardo Martinelli.

Noticias Relacionadas

  • 1

    Tribunal Electoral revoca fallo que rechaza impugnaciones contra candidaturas de Ricardo Martinelli

  • 2

    Eduardo Valdés Escoffery coquetea con Juan Carlos Varela y pone en duda seriedad del Tribunal Electoral

  • 3

    Como una "maleantería" califica Rómulo Roux intenciones del Tribunal Electoral de impedir candidatura de Ricardo Martinelli

Argumentos contundentes del por qué el Tribunal Electoral (TE) debió confirmar la decisión de no admitir la impugnación contra las candidatura del expresidente Ricardo Martinelli para alcalde de la ciudad capital y a diputado del circuito 8-8  esgrimió la magistrada Myrtha Varela de Durán en el salvamento de su voto.
Y es que Myrtha Varela de Durán, quien actuó debido a que el magistrado Heriberto Araúz está de viaje, considera que lo procedente, contrario a lo decidido por sus colegas Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá,  sería confirmar la decisión de la juez Quinta Electoral, Elvia María Rengifo de no admitir la presente demanda de impugnación, y ordenar el archivo del expediente contra el exmandatario.
Es necesario hacer hincapié en que la residencia electoral que parece en el Registro Electoral es la que sirve de base para determinar si el postulado cumple con el tiempo de permanencia en esa residencia electoral y su vinculación con la circunscripción electoral que pretende representar. Por ello, es un error el considerar para el cómputo de este tiempo de residencia, los domicilios o los lugares donde el impugnado pudo haber residido, máxime se median cinscunstancias que no demuestran su ánimo de desvincularse del lugar donde fijó su residencia electoral.

VEA TAMBIÉN: Enemigos de Ricardo Martinelli desvirtúan su estado de salud
"En el caso excepcional de la privación de libertad de Ricardo Alberto Martinelli Berrocal y el hecho de que el mismo ejercerá el derecho al sufragio en una mesa de votación ubicada en un centro penitenciario, no significa que su residencia electoral corresponda a la circunscripción electoral donde está ubicado dicho centro de reclusión, sino que ante la obligación del órgano electoral de garantizar el derecho al voto libre, igual, universal, secreto y directo, se habilitan mesas de votaciones que permitan a los privados de libertad ejercer sus derechos políticos", destaca.
Indica que: "Esto se constata con lo dispuesto en los artículos 5 y 6, así como del artículo 12 al 29 del Código Electoral, que es la normativa que sustenta el proceso de formación y depuración del Padrón Electoral Final, con miras a una elección general, lo que es con base al Registro Electoral, de modo que la circunscripción territorial que este indique es la que se tomará en cuenta para fijar la residencia electoral de un ciudadano"
"Dicho lo anterior, queda claro entonces que si Ricardo Alberto Martinelli Berrocal ha estado fuera del territorio nacional o recluido en un centro penitenciario, no es un factor que en esta etapa del proceso electoral, pueda desvirtuar que la residencia que éste tenía en el Registro Electoral para el 30 de abril de 2018, y desde 1993, es el corregimiento de San Francisco, distrito y provincia de Panamá, ni mucho menos constitutye un elemento idóneo para acreditar que cumple con el año que exige la Ley Electoral, para aspirar a los cargos de alcalde del distrito de Panamá y diputado del circuito 8-8, provincia de Panamá". resalta en su salvamento de voto.
Incluso agrega que "no hubo ninguna impugnación o reclamación durante las diversas fases de depuración del Padrón Electoral, y en consecuencia, es con base a esta residencia electoral que habrá que computarse el tiempo que exige la normativa constitucional y legal para postularse a dichos cargos de elección popular".

VEA TAMBIÉN: Inseguridad, tema sin profundidad en debates
Explica la magistrada que "Se actuó conforme al principio de economía procesal, sin dejar de velar por la vigencia de deberes y derechos de las partes. Decimos esto porque de los argumentos contenidos en la impugnación, no se observó ningún aspecto que pudiera ser objeto de controversia y que justificara la apertura de un debate jurídico , toda vez que la juzgadora expuso las razones por las que consideró que no había mérito legal para admitir la impugnación bajo análisis".
Con respecto  al tema de la paridad de género, que fue abordado por el magistrado ponente, Eduardo Valdés Escoffery,  la jurista indica que: "Debemos indicar que contratio a lo que señala el proyecto que objetamos, la publicación oficial de las nóminas no puede ser considerada como la prueba para establecer si se ha cumplido o no con la paridad de género"
"Con relación a ello, si bien el artículo 303 del Código Electoral señala que las postulaciones se harán garantizando que el 50% de las candidaturas sean para mujeres, no es menos cierto que el propio artículo prevé que en los casos en que la participación femenina, de manera comprobada por la Secretaría de la Mujer del partido, sea inferiro al porcentaje establecido en esta norma, los partidos políticos podrán completarlo con otros aspirantes a los respectivos cargos", indica.
Los magistrados Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá, mediante un fallo ordenaron que se admitiera una impugnación contra el expresidente Ricardo Martinelli, a pesar de que ya este recurso había sido no admitido en dos ocasiones por diferentes instancias.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Tejas de PVC: la revolución silenciosa que ya recorre los techos de Panamá

IFX Cloud: la nube empresarial que impulsa el crecimiento de los negocios en Latinoamérica

Cinco formas de proteger nuestros datos ante el creciente uso de inteligencia artificial

Cintura de goma y puños de piedra: la magia del boxeo panameño

IFX incorpora Starlink a su portafolio para impulsar la conectividad empresarial en América Latina

Últimas noticias

La Declaración de Reexportación es requerida cuando la mercancía extranjera bajo control aduanero sale del país sin someterse a despacho definitivo. Foto. Diómedes Sánchez

Revisión de regímenes aduaneros inicia en la Zona Libre de Colón

La cantante estadounidense Taylor Swift. Foto: EFE / EPA / Sarah Yenesel

Taylor Swift enfrenta una demanda por presunto plagio en ‘The Life of a Showgirl’

Publican pliego de cargos para intercambiadores en David por $25 millones

Los dos nuevos puertos del Canal aumentarán la capacidad de transbordo de Panamá en 5 millones de contenedores por año. Foto: EFE

Expandir la capacidad logística permitirá que Panamá deje de perder, dice gremio marítimo

La Dirección Nacional de Farmacia y Drogas ha emitido un total de tres licencias de fabricación de derivados de cannabis medicinal. Foto: Cortesía

Instalan consejo técnico para regular uso del cannabis medicinal

Lo más visto

Unos 20 mil trabajadores subsisten con menos de $100 mensuales en Panamá

Cae el cuarto implicado el homicidio de un comerciante en Herrera

Publican pliego de cargos para intercambiadores en David por $25 millones

Instalan consejo técnico para regular uso del cannabis medicinal

Millones de tabletas de amlodipina e irbesartán ya están en la CSS

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

El Pulso

El Pulso

Newsletter



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".