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A primer debate, proyecto de ley que obliga a los hijos a cuidar a padres vulnerables

La normativa establece que quienes incumplan con esta disposición podrán ser sancionados judicial y administrativamente.

Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Los hijos estarán "obligados" a cuidar a sus padres indistintamente de su comportamiento previo. Foto: Archivo

El proyecto de ley que refuerza la responsabilidad de los hijos en el cuidado, protección y asistencia alimentaria de sus padres indistintamente de su comportamiento previo fue admitido en la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional para evaluar sus implicaciones en primer debate.

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La iniciativa del diputado Marcos Castillero ha sido muy cuestionada por la ciudadanía porque “obliga” a los hijos a cumplir con esta responsabilidad sin distinción de filiación, edad ni convivencia con los progenitores, es decir, deberán hacerse cargo de quienes en algún momento no cumplieron con su rol.

Castillero reconoció que la normativa requiere mejoras, sobre todo, en el caso de padres negligentes o abusivos, ya que, son elementos que deben ser considerados por los jueces antes de determinar la responsabilidad de cuido de los dependientes.

No obstante, espera que durante su discusión en primer debate se puedan aclarar las dudas de la población para llegar a consensos que beneficien a los miles de adultos mayores que actualmente viven en situaciones vulnerables a causa del abandono de sus familiares.

“Este proyecto constituye una respuesta concreta a una necesidad social impostergable”, afirmó.

Aunque el diputado Ernesto Cedeño dio su aval a la normativa porque considera que, los hijos, independientemente de las conductas de los padres, deberían hacerse cargo de su cuidado, admitió que su “obligatoriedad” va a ser un tema muy cuestionado durante su discusión.

La normativa establece que quienes incumplan con esta disposición podrán ser sancionados judicialmente con retención de salarios o pensiones, embargo de cuotas y bienes, inscripción en el registro nacional de obligaciones alimentarias y multas coercitivas de hasta el 20% del monto adeudado.

Administrativamente, también se les podrá castigar con multas de hasta 2,000 dólares, suspensión de subsidios estatales o beneficios fiscales e inhabilitación para contratar con el Estado hasta por tres años.

Se ordena, además, que para calcular la pensión del beneficiado se tomarán en cuenta sus necesidades reales, los ingresos y cargas familiares de cada uno de sus hijos, existencia de pensiones, subsidios u otros ingresos del beneficiario, aportes voluntarios previos y el número total de hijos obligados.

Dicho trámite se hará a través del Juzgado de Familia del domicilio del beneficiario, es decir, la madre o padre en condiciones de vulnerabilidad.

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