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Sociedad / ¿Qué cambios contempla la suspensión de la ley de interés preferencial?

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Panamá América Panamá América Jueves 17 de Julio de 2025
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Bancos / Compra / Interés Preferencial / Ley / Viviendas

Panamá

¿Qué cambios contempla la suspensión de la ley de interés preferencial?

Actualizado 2025/06/11 19:48:17
  • Vivian Jiménez
  •   /  
  • vjimenez@epasa.com
  •   /  
  • @PanamaAmerica

Además de prolongar su entrada en vigencia para rescatar los trámites ya inscritos, la nueva propuesta contempla otras modificaciones importantes.

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Los trámites de 9,000 familias fueron suspendidos a causa de la entrada en vigencia de la nueva ley. Foto: Cortesía

Los trámites de 9,000 familias fueron suspendidos a causa de la entrada en vigencia de la nueva ley. Foto: Cortesía

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La entrada en vigencia de la ley No. 468 que establecía el nuevo régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios ocasionó que los trámites de más de 8,000 familias quedarán a la deriva, por ello, el Ejecutivo decidió llevarla nuevamente a la Asamblea para su reestructuración, fijando su nueva entrada en rigor para enero del próximo año. 

El proyecto de ley No. 289, que suspende los efectos de la anterior normativa y restablece la vigencia de la ley 3 de 1985, pretende que los panameños que hayan quedado entre ambos reglamentos puedan continuar con sus procedimientos bancarios sin ningún tipo de afectación. 

El viceministro de Vivienda, Fernando Méndez Peralta, detalló que además de prolongar su entrada en vigencia para rescatar los trámites ya inscritos, la nueva propuesta contempla otras modificaciones importantes relacionadas con los permisos de ocupación y la exoneración del 2% en la adquisición de primeras viviendas. 

Mencionó que la ley anterior condicionaba los permisos de ocupación hasta el 1 de agosto, límite que fue extendido hasta el 31 de diciembre de 2025, es decir, el último día a la entrada en vigor de la nueva disposición. 

Además, se estableció la ampliación de la exoneración del trámite del 2 % en la adquisición de la primera vivienda, que no era parte de la ley anterior, pero sí tenía una fecha de vencimiento. 

El proyecto de ley No. 289 en su artículo 3 establece que este beneficio será aplicable para viviendas nuevas que cuenten con permiso de ocupación desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre y cuando la inscripción efectiva de la transferencia del bien inmueble se realice a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Mientras que, para viviendas plurifamiliares verticales, el requisito es que cuenten con permisos de ocupación expedidos desde el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2024.

El viceministro reiteró que los ajustes a la ley regirán hasta el último día de este año (31 de diciembre) posteriormente los créditos hipotecarios se otorgarán bajo la normativa 468 que también estará sujeta a cambios, sobre todo, en lo concerniente a la reestructuración de las condiciones de pago (artículo 12).

La propuesta del Ejecutivo es modificar la ley de intereses preferenciales antes de su entrada en vigencia para evitar posibles afectaciones a las partes involucradas (clientes y entidades financieras). 

“Para que el proyecto de ley 468 entre en funcionamiento se deben hacer algunas mejoras, involucrando el artículo 12 que limita los condicionantes a los préstamos en el tiempo”, dijo Méndez Peralta.

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