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Registro del 'no nacido', un proyecto que no genera puntos medios

Las autoridades de obstetricia han manifestado que debería apoyarse más el tema de la prevención y educación, mientras que la Conferencia Episcopal afirma que ayudará en el dolor por la pérdida.

Yai Urieta - Actualizado:

Las opiniones provocaron que la discusión del proyecto quedara en primer debate, después de ser enviado a una subcomisión. Foto ilustrativa

El proyecto de ley 018 que habla sobre la identidad para bebés fallecidos en el vientre materno, presentado por Corina Cano, Manolo Ruiz, Miguel Fanovich y Tito Rodríguez, ante la Asamblea Nacional, sigue generando reacciones a favor y en contra.

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Según el mencionado proyecto de ley, en Panamá entre 2013 y 2017 se han reportado ante la Contraloría General de la Nación 9,452 defunciones fetales que quedaron sin nombres y lo que se busca es darle un nombre a aquellos niños que no logran nacer.

El proyecto, inicialmente tuvo la oposición de la Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología, ya que consideraba que "viola los derechos a la vida y salud contemplados en la Constitución Nacional y Código Civil de la República de Panamá".

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A pesar de la negación, la Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología indicaba que proponía el fortalecimiento y modernización del registro de nacimientos vivos y defunciones fetales actual y que se dirija una partida presupuestaria para la prevención de muertes fetales.

Pero, quienes sí dejaron en claro su apoyo al proyecto de ley 018 fue la Conferencia Episcopal Panameña (CEP).

"Ayudará a los progenitores a aliviar el dolor y hacer más llevadero el duelo por la pérdida de su hijo o hija", sustentaba la CEP, al justificar su apoyo.

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Y es que el registro de neonatos no nacidos, no es bien visto por muchas madres que han perdido a sus hijos, ya que quieren que su dolor se respete y que sus hijos no sean inscritos en el Registro Civil como personas concebidas no nacidas.

De aprobarse el proyecto de ley, la inscripción del no nacido debería realizarse en un periodo de 72 horas después de la muerte, que debe ser certificada por un médico.

"El niño no nacido es una persona que tiene el derecho a tener identidad. No podemos descartarlo como si nunca hubiese sido concebido. Para sus padres existió y así debe quedar consignado al darle un reconocimiento oficial", reconoció la CEP.

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