El Proyecto de Ley 705, presentado por el Órgano Ejecutivo para reformar la Ley 6 del 3 de febrero de 1997 (Marco Regulatorio del Sector Eléctrico), avanza hacia su segundo debate en la Asamblea Nacional envuelto en cuestionamientos por parte de la fuerza laboral del sector y agrupaciones técnicas.
El Sindicato de los Trabajadores de la Industria Eléctrica y Similares de Panamá (Sitiespa), que representa a más de 1,300 trabajadores afiliados a nivel nacional, denunció que la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos aprobó la iniciativa en primer debate descartando las propuestas entregadas a través de Participación Ciudadana.
Exigencias de calidad sin personal traducen sobrecarga laboral
La principal alerta sindical radica en que el texto enviado por el Ejecutivo introduce indicadores de continuidad, estabilidad y calidad del servicio eléctrico mucho más estrictos para las empresas distribuidoras, sin considerar la realidad operativa en campo.
El gremio sostiene que las deficiencias actuales en el suministro y la demora en la atención de los apagones no responden a negligencia obrera, sino a una marcada carencia de personal de cuadrilla.
Al exigir mayores niveles de calidad sin obligar al incremento de la plantilla laboral, la reforma trasladará una excesiva carga de trabajo sobre el personal técnico existente, deteriorando la seguridad y las condiciones de salud ocupacional.
"Nuestra prioridad es atender a los trabajadores. Si hoy no se cumplen ciertas metas es por la falta de personal. Exigir más calidad sin ampliar la fuerza de trabajo solo significará mayor sobrecarga laboral sin solución real al problema", advirtió el vocero sindical.
Denuncian cobro de "potencia energizada" a clientes residenciales
El sindicato reveló un hallazgo técnico que, según sostienen, permitiría reducir de forma inmediata la tarifa de luz para la mayoría de los panameños.
Se trata del cargo por "potencia energizada", introducido por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) en los pliegos tarifarios del año 2018.
La ley establece que los clientes residenciales (Baja Tensión Simple - BTS) no deben pagar demanda máxima o potencia. Sin embargo, la ASEP renombró en 2018 la potencia no cobrada como "potencia energizada" para prorratearla y facturársela a las familias.
A las empresas que ya pagan demanda máxima (Baja Tensión con Demanda - BTD), se les cobra la potencia mediante la lectura de sus medidores y, de forma simultánea, se les vuelve a aplicar el cargo de "potencia energizada", incurriendo en un doble cobro por el mismo concepto.
Llamado al pleno
El gremio lamentó que la comisión legislativa haya dictaminado de forma acelerada la iniciativa del Ejecutivo sin debatir a fondo el impacto en los usuarios y en los trabajadores, calificándolo como un patrón de aprobación sin consulta real.
Ante la inminente discusión en segundo debate, el sindicato hizo un llamado directo a los 71 diputados del pleno para que rescaten el documento presentado a través de Participación Ciudadana, eliminen los vicios en la facturación fijados por la ASEP y condicionen las exigencias del servicio a la contratación formal de personal técnico.