TE ordena suspender propaganda contra Mulino y Muñoz
Redacción/nacion.pa@epasa,.comLas denuncias fueron interpuestas por la abogada Alma Cortés en representación de José Raúl Mulino y de Jackeline Muñoz Cedeño, apoderada de José Muñoz Molina.
Las denuncias fueron interpuestas por la abogada Alma Cortés en representación de José Raúl Mulino y de Jackeline Muñoz Cedeño, apoderada de José Muñoz Molina.
La manera como el Tribunal Electoral interpreta lo referente a la propaganda electoral ha provocado críticas y mas, porque lo hace en propiedad privada.
Tras una mediación, los moradores afectados, con la remoción de la propaganda política indicaron que se les permitió volver a colocar con la figura de Mulino.
No se especificó la cantidad ni a quienes les pertenecía la propaganda retirada que estaba en lugares prohibidas o incumplían la norma electoral.
Las sanciones se fundamentan en el artículo 279 del Código Electoral, que prohíbe la colocación de propaganda electoral fija en servidumbres públicas.
Este tema ya ha sido analizado y se hace la salvedad que no existe norma que impida a un partido político colocar la imagen de quien sea en su propaganda.
Está prohibido la propaganda sucia, entendiendo por ella la que ofenda la dignidad humana con la utilización de insultos, incursiones en la vida privada.
La mayor cantidad de votantes en el país tiene entre 31 y 40 años, según el padrón actualizado al 5 de enero.