Seguridad desde lo alto
- Yéssica González D.
Las edificaciones en Panamá deben cumplir las normas establecidas en el Código de Seguridad Humana.
Desde el 2007 se aplicó en Panamá el Código de Seguridad Humana (NFPA 101), el cual establece normas de seguridad para las estructuras con más de 25 metros de altura.
La misma fue publicada en la Gaceta el lunes 23 de octubre de 2006, por la cual se adoptan por referencia las normas de la National Fire Protection Association, NFPA 101, edición 2003 en español, como reglamento de seguridad humana; NFPA 13, edición 2002 en español, como reglamento de sistemas de rociadores contra incendios; NFPA 20, edición 1992 en español, como reglamento de sistemas de bombas estacionarias contra incendios; y se asignan funciones adicionales al comité consultivo permanente para el estudio, adaptación y aplicación del NFPA 101 - código de seguridad humana.
Por tal razón, las constructoras deberán optar por aplicar medidas para prevenir incendios, de manera que los edificios puedan ser autosuficientes en casos de desastre.
De igual forma, la iluminación en las salidas de emergencia, las escaleras de seguridad, los ascensores con dos modos de operación, los materiales de construcción retardantes al fuego y las medidas para evitar la diseminación de gases venenosos en un siniestro, son importantes aspectos establecidos en el código.
Cabe destacar que estas normas se deben aplicar en los edificios que se construyen desde el año 2006. Aquellos que finalizaron su construcción en años anteriores, tienen que cumplir la normativa si tienen un proceso de remodelación.
En cuanto a las sanciones, de no cumplir con esta norma, no existe una tabla de multas establecida, ya que el Ministerio de Gobierno y Justicia es quien tiene la última palabra, "exonera o multa"
Aún hay por hacer.
A pesar de los beneficios que trae consigo el código de seguridad NFPA, el tema de la seguridad sigue siendo examinado.
Según José Bosquejo, ingeniero civil, deben someter a revisión la diversa construcciones, ya que muchas finalizaron antes de entrar en vigor el código. "posiblemente remodelen y no cumplan las normativas".
De igual manera, la población en general no conoce los beneficios que trae consigo la aplicación del código
Por su parte, la ingeniera Maruquel Herrera, miembro de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA), comenta que se espera que para los próximos años estos inconvenientes desaparezcan, pero se necesita de la cooperación y el apoyo de todos los profesionales de la construcción. Que estos no duden en aplicar las normas del código al remodelar o construir cualquier tipo de edificación.
Datos.
Las entidades encargadas han divulgado el Código de Seguridad Humana (NFPA 101) en algunos medios de comunicación.
El Ministerio de Obras Públicas adopta este código mediante Resolución N.° 725, de 12 de julio de 2006.
Antes de sancionar existe un determinado proceso: se da una medida preventiva, luego se abre un expediente, pasa a asesoría legal y por último, el Ministerio de Gobierno y Justicia.
Los centros comerciales y los edificios de uso público también están obligados a cumplir estas normativas.
Los ciudadanos tienen la potestad de acercarse a las entidades correspondientes como el Cuerpo de Bomberos o la SPIA y presentar sus quejas sobre las condiciones de su edificio.
Panamá puede llegar a convertirse en un ejemplo en cuanto a edificación de proyectos, siempre y cuando se conjuguen las voluntades de todos aquellos responsables.
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