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Acodeco aplica $574 mil en multas por faltas a la veracidad de la publicidad

Entre los principales motivos de estas sanciones, se destacan anomalías en la duración de la promoción u oferta (anuncios sin las fecha de inicio y finalización de la promoción); anuncios con doble precio más porcentaje; publicidad engañosa o no veraz y la falta de información en los cintillos publicitarios.

Yessika Valdes - Actualizado:
La Acodeco sancionará toda falta contra la veracidad de la publicidad y que las denuncias que reporten los consumidores son debidamente atendidas.

La Acodeco sancionará toda falta contra la veracidad de la publicidad y que las denuncias que reporten los consumidores son debidamente atendidas.

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ha impuesto 615 multas a diferentes agentes económicos por infracciones a las normas de publicidad por un valor de $574,600.

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Entre los principales motivos de estas sanciones, se destacan anomalías en la duración de la promoción u oferta (anuncios sin las fecha de inicio y finalización de la promoción); anuncios con doble precio más porcentaje; publicidad engañosa o no veraz y la falta de información en los cintillos publicitarios.

La Acodeco explicó que las ventas especiales, también conocidas como baratillos, liquidación, descuento, rebajas o cualquier otro nombre que induzca al consumidor a comprar, dando a entender que su precio regular ha sido rebajado, deberá indicarse, en lugar visible del establecimiento comercial, el precio más bajo en que dicho artículo haya sido vendido por el establecimiento en los últimos tres meses y el nuevo precio, o sea el de oferta.

El administrador de la Acodeco, Oscar García Cardoze, reitera que esta institución sancionará toda falta contra la veracidad de la publicidad y que las denuncias que reporten los consumidores son debidamente atendidas.

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En cuanto a la publicidad relacionada a las ofertas, promociones, rebajas, descuentos, etc., deberá indicar su duración o el número mínimo de unidades que se ofertan.  En caso contrario está obligado a proporcionar a los consumidores que lo soliciten los productos ofertados en las condiciones señaladas. Si no se indica o señala la duración de la oferta se entenderá que está obligado a entregar el bien o servicio al consumidor hasta que se comunique por el mismo medio la finalización de la venta especial.

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