Despidos sin prestaciones, una realidad frecuente en Panamá
Los reclamos por incumplimientos laborales, despidos injustificados y contratos irregulares se mantienen entre las causas de conflictos.
Un contrato por escrito protege tanto al trabajador como al empleador. Define claramente las reglas del juego y evita malentendidos. Foto: Pexels
Un trabajador es despedido sin recibir una carta de terminación de contrato. Días después, descubre que tampoco le serán pagadas sus prestaciones laborales.
Situaciones como esta se repiten con frecuencia en Panamá y terminan en reclamos ante las autoridades laborales, donde se evidencia una realidad persistente: el incumplimiento de las normas laborales y el desconocimiento de la ley continúan generando conflictos entre empleadores y trabajadores.
Estos casos no son aislados. Cada año, la Defensoría del Pueblo recibe alrededor de 700 denuncias por vulneración de derechos laborales. Entre los reclamos más frecuentes figuran el incumplimiento en el pago de prestaciones, los despidos sin notificación formal y las irregularidades en los contratos de trabajo.
Aunque el Código de Trabajo de Panamá (Ley 67 de 1970) establece con claridad los derechos y obligaciones entre empleadores y trabajadores, especialistas en derecho laboral advierten que buena parte de estos conflictos surge del desconocimiento de la normativa y de la falta de formalidad en las relaciones laborales. Las consecuencias se traducen en procesos de conciliación, denuncias administrativas y disputas que afectan a ambas partes.
Para el abogado laboralista Samuel Rivera, uno de los problemas más recurrentes es el incumplimiento en el pago de prestaciones laborales al finalizar la relación de trabajo.
"El empleador está obligado a pagar vacaciones, décimo tercer mes y prima de antigüedad cuando corresponde, especialmente en contratos indefinidos", explicó.
Otro foco de conflicto, añadió, son los despidos verbales, una práctica que genera incertidumbre para ambas partes, ya que la legislación establece que la terminación de la relación laboral debe comunicarse por escrito.
El especialista también señala irregularidades en el uso de contratos por tiempo definido. El artículo 75 del Código de Trabajo establece que estos solo deben utilizarse en casos específicos, como sustituciones por vacaciones o incapacidades. Sin embargo, en la práctica, sostiene que se aplican en actividades que no cumplen con esas condiciones.
Rivera considera que muchas empresas podrían evitar conflictos si mantuvieran sus procesos laborales en orden, incluyendo la elaboración de contratos escritos y reglamentos internos, especialmente en aquellas con más de diez trabajadores.
"Muchas empresas aplican sanciones sin contar con un reglamento interno debidamente registrado ante el Ministerio de Trabajo", advirtió.
En su opinión, la legislación laboral panameña es clara y protectora del trabajador, por lo que el problema no radica en la norma, sino en su aplicación. Sin embargo, considera necesario actualizar algunos procedimientos y fortalecer la fiscalización en ciertos sectores.
El abogado también destaca que muchos conflictos se originan en el desconocimiento de las causas legales de despido por parte de los trabajadores, lo que puede derivar en faltas involuntarias que afectan su estabilidad laboral.
"Si un trabajador falta dos lunes en un mes o no presenta incapacidades médicas correctamente, puede incurrir en causales de despido sin saberlo", explicó.
Por ello, insiste en la necesidad de mayor educación laboral tanto para trabajadores como para empleadores.