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Empresas no aseguraron el fondo de cesantía en la crisis

Gran parte de las empresas panameñas perdieron su liquidez, y ahora no cuenta con la reserva para enfrentar liquidaciones laborales.

Yessika Valdes - Actualizado:

La Ley 44 de 1995 y su respectiva reglamentación del Decreto Ejecutivo del 706 del 26 de diciembre establece que las empresas deben crear los fondos de cesantías.

Los serios problemas económicos por lo que están pasando muchas empresas en Panamá a raíz de la crisis sanitaria del coronavirus ha puesto en evidencia que ya no cuentan con el fondo de cesantía disponible.

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En la actualidad la falta de liquidez es uno de los factores que está afectando a las empresas, razón por la cual muchas ha manifestado que no van a reabrir sus operaciones. Panamá cuenta con más de 200 mil empresas registradas.

El diputado Leandro Ávila señaló que el 70% de las empresas en Panamá no cuentan en este momento con el fondo de cesantía.

La Ley 44 de 1995 y su respectiva reglamentación del Decreto Ejecutivo del 706 del 26 de diciembre establece que las empresas deben crear los fondos de cesantías.

En ese contexto, el expresidente del Colegio Nacional de Economistas, Olmedo Estrada señaló que muchas empresas no tienen esa reserva por la insolvencia económica por la que están pasando.

El economista explicó que ese fondo proviene de los trabajadores quienes pagan un porcentaje y es resguardado por la empresa como una reserva sin tocar, el cual se utiliza para cubrir la liquidación y la prima de antigüedad.

Aclaró que para los empleados públicos se le llama fondo de cesantía, pero en el sector privado son las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores.

"No hay una cifra exacta de cuantas empresas pequeñas y medianas sobre todo ya no cuentan con ese fondo disponible por la pandemia. Este tipo empresas trabajan día a día y no tienen para hacer reserva y el dinero que ingresa lo utilizan inmediatamente", señaló.

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Para el experto en inserción laboral, René Quevedo las empresas no tienen como pagar liquidaciones, debido a que están descapitalizadas por la crisis.

"Pocas empresas disponen de los recursos para incorporar y sostener a sus colaboradores suspendidos, menos para liquidarlos, por lo que se hace necesario explorar vías para darle sostenibilidad a los empleos todavía viables y mecanismos para apoyar financieramente a las empresas que lo requieran para hacer frente a sus obligaciones laborales", añadió.

Ante esta situación, se sancionó la Ley No. 201, la cual contempla la cancelación del total de las prestaciones a las que tiene derecho los trabajadores.

La ley obliga al empleador a cancelar el total de las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador en un periodo de hasta 8 meses, con pagos mensuales, no inferior al promedio mensual del trabajador, hasta agotar el monto adeudado.

Lo anterior aplica, cuando se haya dado la terminación de la relación laboral por mutuo consentimiento, despido o por decisión unilateral del empleador dentro de los tres meses siguientes al reintegro del trabajador suspendido.

Por su parte, el economista Felipe Argote, dijo que este fondo no debe existir y se debe crear un seguro de desempleo.

"Para el trabajador sería mucho más beneficioso un seguro de desempleo que este fondo porque de ser despedido estaría cobrando un dinero hasta que consiga otro trabajo", señaló.

Una encuesta del PNUD a la empresas panameñas, destaca que la crisis generada por la covid-19 ha afectado sensiblemente la producción de las empresas participantes, siendo 7 de cada 10 en las que la producción se ha visto reducida, con perspectivas muy similares para el medio plazo.

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Agrega el documento que un reducido número de empresas han visto incrementada su producción, pertenecientes al sector tecnológico, agrícola y de productos de limpieza.

La covid-19 no sólo ocasionó una inédita catástrofe laboral a corto plazo, sino que afectó significativamente la capacidad de la economía para generar empleo, particularmente de baja escolaridad.

La devastación laboral ocasionada por la pandemia la están sufriendo principalmente trabajadores humildes, en particular mujeres y jóvenes. Cuatro de cada cinco trabajadores afectados (2020) ganaban menos de $750 mensuales y tenían menos de 11 años de escolaridad.

Hasta marzo de 2021 se han reactivado 137 mil contratos, que representa el 48% de los que estaban suspendidos.

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