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Extienden el control de precios de 8 productos por seis meses

La medida que empezará a regir desde el lunes 3 de enero de 2022 tendrá una duración de seis meses como se ha establecido desde el inicio que se aplicó en el país.

Redacción Economía | economia.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

En el 2014 inició a regir la medida, la cual ha sido cuestionada. Cortesía

Mediante Decreto Ejecutivo No. 102 de 30 de diciembre de 202, el Gobierno Nacional de Panamá modificó el Decreto Ejecutivo 165 de 1 de julio de 2014, para prorrogar en forma temporal los precios máximos de venta al por menor, de 8 productos alimenticios por seis meses a partir del 3 de enero de 2022.

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Se modificó el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 165 de 2014, donde se establece a nivel nacional con a excepción de la provincia de Darién y el territorio insular de la República de Panamá, el precio máximo de venta al por menor y el margen máximo de comercialización de ocho productos de la canasta básica familiar de alimentos, de los 14 productos previamente regulados.

Entre los productos que se mantendrán dentro del Control de Precios está: bitec de cinta con hueso $2.55 la libra, carne molida de primera en $2.15 la libra, pollo entero Panamá $1.18 la libra, arroz de primera $0.40 la libra, leche en polvo $3.76, pan molde blanco en empaque 14.18 onzas en $0.92, queso amarillo tipo americano procesado en $3 la libra y la salchicha que contenga carne de res en $1.19 la libra.

Igualmente, se modificó el artículo 7, para que la Comisión de Ajustes establezca los precios máximos de estos 8 productos para la provincia del Darién y el territorio insular de la República de Panamá. Los precios que se determinen tendrán la misma vigencia de 6 meses.

Asimismo, se establece en el artículo 8, que durante la vigencia de este nuevo decreto ejecutivo, los minoristas que ofrecen al público los 42 productos restantes de la canasta básica familiar de alimentos deberán informar de manera previa, y con al menos 5 días calendarios de anticipación, a la Acodeco de cualquier incremento en el precio de venta al por menor y las razones que justifican dicho incremento. En el caso de reducciones de precios, no se requerirá de este aviso previo para su aplicación respectiva.

Entre estos productos, se encuentran yuca, ñame (las 3 variedades), tomate perita, cebolla amarilla nacional e importada, papa nacional y la babilla, que se encuentran en el actual listado del control de precios. Otros productos son el aceite vegetal, pan flauta, leche fresca grado A, manzana mediana, jugo de naranja, corvina, sopa de pollo con fideos, naranja, azúcar y otros más que forman parte de los 42 productos restante de la canasta básica de alimentos.

Desde que se aprobó esta medida en el 2014, tantos lo productores como los consumidores han señalado que en vez de beneficiar a los panameños ha perjudicado porque el costo de la canasta básica ha aumentado proporcionalmente.

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