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Extienden flexibilización bancaria hasta septiembre

Dependiendo de la realidad económica de cada persona el acuerdo de pago y posible periodo de gracia podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2021, aseguró el presidente.

Yessika Valdés | yvaldes@epasa.com | @kasseyv - Publicado:

El presidente exhorto a los panameños acercarse a su banco, presentar su situación financiera y llegar a un acuerdo.

A pocos días para que finalizara la moratoria bancaria, el presidente de la República, Laurentino Cortizo anunció una extensión de la flexibilización bancaria hasta el próximo 30 de septiembre del 2021.

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Cortizo explicó que las personas afectadas deberán primero acercarse a su banco, sustentar su situación económica y llegar a un acuerdo antes del 30 de septiembre del 2021.

Dependiendo de la realidad económica de cada persona el acuerdo de pago y posible periodo de gracia podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2021, aseguró el presidente.

Agregó que "si el cliente llega a un acuerdo con el banco no perderá su hipoteca, auto o cualquier otra garantía. Pero si no llega a un acuerdo, el banco asume que usted puede pagar", expresó.

"Los panameños siempre hemos tenido una buena cultura de pago, además no hay una manera de recuperar la economía que genere suficiente empleos sin el apoyo de los préstamos que facilita la banca panameña", añadió.

La medida anunciada por el presidente Cortizo, se da luego que la Superintendencia de Bancos a través de la Resolución de la Junta Directiva No.4 del 21 de junio de 2021 estableció lineamientos para ampliar el apoyo a los clientes bancarios y lograr la flexibilidad del pago de préstamos de los deudores cuyo ingresos hayan sido afectados por el covid-19.

A la fecha de un millón 200 mil préstamos que se modificaron al inició de la pandemia, solo unos 650 mil tienen un arreglo de pago con el banco.

Este grupo tiene compromisos por 11 millones de dólares con sus bancos a través de hipotecas, préstamos de autos o personales, y tarjetas de crédito.

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Según cifras de la Superintendencia de Bancos al 7 de junio de 2021, hay todavía 576 mil 009 deudores con créditos modificados de unas 39 entidades bancarias por un saldo que asciende a los 17 mil 060 millones de dólares.

Conforme al Acuerdo Bancario No. 2-2020, el saldo de los préstamos de consumo modificados asciende a 9 millones 987 mil dólares.

En la cartera de autos hay 73 mil 669 préstamos modificados con un saldo de 669.6 millones de dólares; tarjetas de crédito 232 mil 845 por un monto de un millón 320 mil dólares.

En préstamos personales hay 148 mil 656 modificados por un total de un millón 177 mil dólares y en vivienda hay 100 mil 580 por un total de 6 millones 819 mil dólares.

Mientras que, los préstamos modificados a los clientes corporativos grandes, medianos y pequeños en sectores como la construcción, hoteles, comercios asciende a 7 millones 073 mil dólares.

Para los economistas una extensión a la flexibilización bancaria es un alivio para miles de panameños que aún se encuentran con contratos suspendido, que están sin empleo o tienen una reducción de jornada laboral.

El expresidente del Colegio Nacional de Economistas, Olmedo Estrada señaló que los bancos deben ser más flexibles.

"La banca siempre ha demostrado ser inflexible en cuanto a los arreglos de pago y actúan de acuerdo a su modo de proceder. Aquí hay un problema y es seguimos en pandemia", añadió.

A juicio de Estrada, el problema también lo tienen los empresarios que no se han podido reactivar a la fecha por falta de liquidez.

A la fecha más de 160 mil contratos suspendidos han sido reactivados.

Según el informe de la Dirección de Planificación del Mitradel, del total de contratos reactivados, el 62% corresponde a hombres y el 38% a las mujeres.

Por su parte, el economista Augusto García coincide con Estrada y añadió que esto genera tranquilidad a las personas.

"Todavía a muchos contratos suspendidos y empresas sin reabrir porque lo que el anuncio es un apoyo", manifestó.

SBP emite nuevos lineamientos para flexibilidad de pago de compromisos bancarios

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) emitió nuevos lineamientos para la reestructuración de créditos de deudores con restricción temporal de liquidez debido a la pandemia del covid-19.

La SBP explicó que estos lineamientos permitirán a las entidades bancarias acordar la reestructuración de créditos, requiriendo la participación activa de los deudores.

En ese sentido, para acordar la reestructuración de créditos deberá evidenciarse el contacto del deudor con la entidad bancaria, realizarse la sustentación escrita sobre la restricción temporal de liquidez, la cual deberá estar documentada en los expedientes de crédito de los bancos y formalizarse la reestructuración.

El periodo para formalizar la reestructuración bajo los nuevos lineamientos será a partir del 1 de julio al 30 de septiembre.

La SBP aclaró que lo dispuesto será aplicable en el caso de deudores que no hayan contactado a la entidad bancaria, o que habiéndose contactado no hubieren formalizado una reestructuración debido a su actual situación financiera, y deudores con créditos modificados que por su situación financiera requieren nuevamente reestructurar sus obligaciones.

De acuerdo con la viabilidad financiera del deudor y sujeto al cumplimiento de las condiciones, el banco podrá contemplar como parte de las opciones de solución el aplazamiento de los pagos o periodos de gracia.

El ente regulador indicó que el plan de pagos que se pacte en las reestructuraciones podrá considerar un plazo más allá del 31 de diciembre de 2021, sujeto a lo que establezca la regulación para cada tipo de préstamo y la viabilidad financiera de cada deudor.

Quienes reestructuren sus créditos bajo los nuevos lineamientos, y siempre que se mantengan cumpliendo con lo pactado, estarán exentos de la ejecución de bienes muebles e inmuebles que sirven como garantía de créditos, y estarán exentos de la actualización de avalúo.

Sobre los historiales de crédito, la SBP señaló que los bancos reportarán a las agencias de información de datos los historiales de las obligaciones reestructuradas, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 195 de diciembre de 2020.

La SBP recalcó que estas disposiciones no podrán ser interpretadas por las entidades bancarias ni por los deudores como periodos de gracia automáticos, es decir, sin que el cliente se contacte con la entidad bancaria y formalice su reestructuración.

 

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