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Variedades / Acta de Independencia de Panamá en 1821

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Panamá América Panamá América Sábado 14 de Junio de 2025
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Acta de Independencia de Panamá en 1821

Actualizado 2017/10/24 09:56:48
  • La Paz
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El 10 de noviembre de 1821, Los Santos juró la Independencia de España. El 20 del mismo mes, desde Panamá se envió una comisión de Chiari y Pérez para persuadir a los independentistas y que continuaran bajo el imperio español. Al comprobar que no cedían en el interior, Panamá tuvo que unirse al movimiento. Colombia tenía una nueva Constitución. El 28 de Noviembre el vecindario pidió reunión del Cabildo. El Jefe del Istmo, coronel José de Fábrega suplantó a los interioranos en el movimiento de independencia y se redactó el Acta de Panamá, que inmediatamente desapareció la original, con sus doce artículos. No firmaron el Acta los patriotas Juan José Argote y Blas Arosemena.
José de Fábrega remitió nota de la Independencia del Istmo al General Francisco de Paula Santander el 16 de enero, 1822, para que el Istmo fuese "... considerado ahora en la nueva distribución del territorio de Colombia un departamento separado que comprenda los límites de la jurisdicción que señale a su Audiencia la Ley 5, Título 5, Libro 2 de Municipalidades". )Pags. 114-115, Cap.5 T. 1. Eduardo Lemaitre. Libro Copiador de la Cancillería. Bogotá).
El Libertador recibió un ejemplar del acta de independencia de 1821, pero fue enviado en el territorio enemigo donde se combatía, de conformidad a J. Gabriel Pérez, en nota de 29 de enero, 1822, que éste último remitió al Secretario de Guerra de Colombia. El 30 de enero, 1822, Santander anunciaba que había recibido oficio del Cabildo de Panamá, de la Junta de
Veraguas y del Gobernador de Portobelo, renovando sus votos por pertenecer a Colombia. El 9 de febrero, 1822, el General F. P. Santander, firmó el Decreto No. 9, por el cual se creó provisionalmente y hasta reunión del Congreso Colombiano, el nuevo Departamento del Istmo. Componía las provincias que se extendían bajo el Gobierno Español la antigua Comandancia General del Istmo, permaneciendo con los mismos límites que tenían. El Coronel Fábrega solicitó el gobierno de Veraguas y se le concedió. El acta de Independencia de Panamá se publicó en la Gaceta de Colombia, de acuerdo a declaraciones de Pedro Briceño Méndez, en nota al Libertador Bolívar.
Existen más de seis reproducciones del Acta de Independencia de Panamá de España, con palabras diversas, se omiten comas y se agregan donde desean. Ninguna oficina pública en Panamá tiene copia autenticada del acta de 1821. La original desapareció. Por ello, reproduzco impresión de hace muchísimos años.
En el medio escrito El Mercurio, que se publicaba los miércoles y los sábados, cuyo director y propietario era F. Florez M., el sábado 16 de noviembre de 1895, en Efemérides se encuentra una transcripción de J.A.H., sobre el Acta Preliminar a la Transformación del Istmo.
ACTA
En El Mercurio de sábado 28 de Noviembre de 1896; en Memorias del General O"Leary, Tomo XIX. Págs. 131, 132. Imprenta El Monitor, Caracas, 1883. Se Transcribe:
"ACTA PANAMA"
En junta general de todas las corporaciones civiles, militares y eclesiásticas, celebrada hoy 28 de Noviembre, á invitación del Excmo. Ayuntamiento; después de las más detenidas discusiones, ante un numeroso pueblo, y bajo el mayor orden y concordia, se convinieron y decretaron, de común acuerdo, los artículos siguientes:

Panamá, expontáneamente y conforme al voto de los pueblos de su comprehensión, se declara libre é independiente del gobierno español.
El territorio de las Provincias del Istmo pertenece al Estado republicanos de Colombia, á cuyo Congreso irá á representarlo oportunamente su diputado.
Los individuos de la tropa que guarnece esta plaza quedan en absoluta libertad de tomar el partido que les convenga, y en caso que quieran volver á España, se les prestarán todos los auxilios necesarios para su transporte, hasta la Isla de Cuba, á los que guardándoseles los honores de la guerra, seguirán á los puertos de Chagres ó Portobelo, luego que los castillos estén en poder del nuevo Gobierno; obligándose todos los oficiales, sargentos y soldados, bajo el juramento debido, á seguir tranquilos, no hacer extorciones algunas, ni tomar las armas contra los Estados independientes de América, durante la presente guerra.
Los enfermos, que se hallen en el hospital, serán asistidos por el Gobierno, y luego que lleguen á restablecerse, se les prestarán los auxilios necesarios, conforme el artículo 3.
El Jefe superior del Istmo, se declara que lo es el señor D. José de Fábrega, coronel que fue de los ejércitos españoles; quedando en el mismo pié, en que actualmente.
El Jefe superior tomará todas providencias económicas, que sean necesarias para la conservación de la tranquilidad pública.
Las autoridades prestarán en el caso el juramento de la independencia, señalándose el domingo próximo para hacer su publicación con la solemnidad debida.
El jefe Superior, en unión de los Comandantes de los cuerpos, oficiará al de la fortaleza de Changres, y destacamento de Portobelo, para que el oficial, que presente las órdenes, entreguen estos puntos á estilo militar.
El Istmo, por medio de sus representantes, formará los reglamentos económicos convenientes para su gobierno interior; y en el interin, gobernarán las leyes vigentes en aquella parte, quien o diga contradicción con su actual estado.
La deuda pública, que reconoce la tesorería, se pagará bajo los pactos estipulados en su principio.
Para los gastos indispensables, el Jefe político abrirá un empréstito, que se reconocerá como parte de la deuda pública.
Los precedentes artículos se imprimirán y circularán á todos los pueblos del Istmo, para que cesen las desaveniencias que los agitan, remitiendo los auxilios que necesita esta capital, para llevar al cabo tan gloriosa empresa como lo tienen ofrecido. José Fábrega -- José Higinio, Obispo de Panamá--Juan José Martínez --Dr. Carlos Icaza -- Manuel José Calvo--Mariano de Arosemena--Luis Lasso de la Vega--Manuel de Arce--José de Alba--Gregorio Gómez--Luis Salvador Durán--José María Herrera--Manuel María de Ayala--Víctor Beltrán--Antonio Bermejo--Antonio Plana--Juan Pío Victoria--Dr. Manuel de Urriola--José Vallarino--Manuel José Hurtado--Manuel García de Paredes--Dr. Manuel José de Arce--José María Calvo--Antonio Escovar--Gaspar Arosemena".

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