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Judicial / Balbina Herrera recibe revés en Caso Pinchazos, Tribunal de Juicio le rechaza por improcedente advertencia de inconstitucionalidad

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Panamá

Balbina Herrera recibe revés en Caso Pinchazos, Tribunal de Juicio le rechaza por improcedente advertencia de inconstitucionalidad

La defensa de Ricardo Martinelli señaló que el recurso de casación que debe resolver la Corte, también deber de ser rechazado por improcedente.

  • Luis Ávila
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  • - Publicado: 08/2/2022 - 12:00 am
Balbina Herrera / Juicio oral / Panamá / Pinchazos telefónicos / Ricardo Martinelli

Un nuevo revés recibió Balbina Herrera, querellante en el caso de los supuestos pinchazos telefónicos, luego de que el Tribunal de Juicio Oral le rechazara, por improcedente, una advertencia de inconstitucionalidad en contra del Artículo 179 del Código Procesal Penal.

Este artículo del Código Procesal Penal es claro en señalar que "en caso de ordenarse la celebración de un nuevo juicio en contra del imputado que haya sido absuelto por la sentencia recurrida, y como consecuencia de este nuevo juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno".

Está advertencia de inconstitucionalidad fue promovida por el abogado Nicomedes Castillo, en representación de Herrera, con la cual buscaban revocar el fallo de no culpabilidad del expresidente Ricardo Martinelli, por segunda ocasión.

La decisión de las juezas Iveth Francois Vega, jueza presidente; Jennifer Saavedra Naranjo, jueza relatora y Marysol Osorio Leyton, tercera jueza, coincide con lo señalado por un número plural de abogados que advirtieron que los recursos presentados por el jurista Castillo tenían ser rechazados por improcedente.

Las juezas fueron claras en señalar que el Artículo 206 de la Constitución Nacional se extrae que la advertencia de inconstitucionalidad debe presentarse antes de que la causa sea decidida y respecto de una disposición que se utilizará para decidir la misma.

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Agregaron las juezas que la labor del Tribunal de Juicio en la causa N°138-15 culminó con la emisión de la sentencia absolutoria a favor de Ricardo Martinelli Berrocal, distinguida como N°225/TJ-J de 24 de noviembre de 2021.

Lo que quiere decir que la causa ya fue decidida y en consecuencia el Tribunal de Juicio corresponde la aplicación del Artículo 179 del Código Procesal Penal cuyo último párrafo, el abogado Castillo, impugnó de inconstitucional , mediante la advertencia propuesta, cuando el proceso ya había sido resuelto.'

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de noviembre de 2021, el Tribuna de Juicio Oral absolvió a Martinelli por segunda vez.

24


de noviembre del año pasado se dio lectura al fallo en el que se absolvió a Ricardo Martinelli.

El Tribunal de Juicio Oral también indicó que en cuanto al recurso de casación, promovido por Castillo, las mismas remitieron toda la información a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, la cual debe decidir si lo admite o lo rechaza.

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Luis Eduardo Camacho González, abogado de Martinelli, indicó que la defensa del expresidente presentó un escrito donde explicó de forma clara y razonable por la que tanto la advertencia de inconstitucionalidad, como la casación también debe de ser rechazada.

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"En primera instancia la advertencia de inconstitucionalidad fue rechazada por lo explicado por las juezas, había muchas otras razones para denegarla, entre esas que la norma ya fue declarada constitucional, que la norma ya se había planteado. El tribunal se fue por lo más sencillo, pero era evidente que había que rechazarlo", expresó.

En cuanto a la casación, Camacho González explicó que la suerte debe ser la misma, ya que el Artículo 179 del Código Procesal Penal indica que contra la segunda decisión de no culpabilidad de Martinelli, no cabe recurso alguno.

"Es claro y evidente que el recurso de casación que entraría a ver la Corte a resolver su admisibilidad, es improcedente y ni siquiera debió de haber llegado a la Sala Penal, sino que las juezas se debieron de haber pronunciado también rechazándolo de plano", sentenció.

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Por su parte, el abogado Sidney Sittón, manifestó que los querellantes no se cansan de hacer el ridículo y proponen recursos dilatorios, luego de dos juicios absolutorios en favor de Ricardo Martinelli.

"Seis jueces vieron inocente a Ricardo Martinelli, en dos juicios distintos, donde el terrorismo mediático quiso influir para torcer la justicia a su antojo. Una vez más, queda demostrado que estos procesos contra Martinelli buscan judicializar el actuar político del próximo presidente de Panamá", enfatizó.

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