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Judicial / Corte Suprema de Justicia admite recurso de inconstitucionalidad contra designación de Jorge González en la ACP

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ACP / Corte Suprema de Justicia / Olmedo Arrocha / Órgano Ejecutivo / Organo Judicial / Procuraduría de la Administración / Jorge González

Corte Suprema de Justicia admite recurso de inconstitucionalidad contra designación de Jorge González en la ACP

Publicado 2019/04/15 16:45:00
  • Redacción

El recurso fue presentado por la firma forense Estudio Jurídico Cedeño, a fin de que se declare como inconstitucional la designación por el Ejecutivo del ministro de la Presidencia en la directiva de la ACP.

El recurso contra la designación de Jorge González en la ACP fue admitido por el magistrado Olmedo Arrocha.

El recurso contra la designación de Jorge González en la ACP fue admitido por el magistrado Olmedo Arrocha.

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En lo que representa la primera prueba de fuego como magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Olmedo Arrocha admitió este lunes la acción de inconstitucionalidad presentada contra el nombramiento del ministro Jorge Luis González, como director de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).

El recurso fue presentado por la firma forense Estudio Jurídico Cedeño, a fin de que se declare como inconstitucional la designación por el Ejecutivo del ministro de la Presidencia en  la directiva de la ACP.

En un comunicado emitido por la Secretaría de Comunicación del  Órgano Judicial, Olmedo Arrocha informa que se trata de la primera acción de inconstitucionalidad que le ha correspondido resolver, y la misma fue adjudicada mediante las reglas de reparto contenidas en el artículo 106 y 107 del Código Judicial.

(Corrección) Comunicado del magistrado Olmedo Arrocha Osorio sobre admisión de acción de inconstitucionalidad. #OJInforma pic.twitter.com/fyeYkD6gt1— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) 15 de abril de 2019

En la nota el magistrado Olmedo Arrocha señala que de acuerdo al rpocedimiento establecido, se procederá a correrle traslado a la Procuraduría de la Administración, de esta acción, por el término establecido, toda vez que por ley debe emitir una opinión sobre el fondo de la discución.

Agrega que posteriormente se abre la fase de alegatos, para que cualquiera que tenga interés de opinar lo pueda hacer. Concluidas estas etapas el magistrado, luego de formarse un criterio jurídico, emitirá una proyecto de fallo para conocimiento y lectura de los otros ocho magistrados  que conforman el pleno de la Corte Suprema de Justicia.

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Se aclara que de existir dos observaciones al proyecto, se apsará a discutir en el Pleno, sometiéndose a votación, resultando el proyecto con el criterio de la mayoría, y el resto tendría que salvar su voto.

Olmedo Arrocha en  el comunicado deja claro que una vez se defina el fallo, este se conveirte en una decisión del pleno de la Corte Suprema de Justicia  y no de su persona.

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El magistrado de la Corte Suprema de Justicia destaca que mediante esta comunicación transparente y oportuna, busca actuar de acuerdo a lo que él desea impulsar durante su gestión en la máxima instancia judicial del país, que es luchar contra la opacidad de la administración de justicia y reconectar este servicio público a la sociedad panameña.

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