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Eduardo Valdés Escoffery:'La Corte con pretexto de un recurso de inconstitucionalidad no puede interpretar materia electoral'

Valdés Escoffery en aquella ocasión (2010) señaló: "Y aquellos que tengan a su alcance la Constitución podrán recurrir al artículo 143 donde podrán ver como una de nuestras funciones privativas es la reglamentar, interpretar y aplicar la ley electoral así como decidir las controversias que surjan en torno a la materia electoral".

redacción/nacion.pa@epasa.com/@panamaamerica - Actualizado:

El magistrado Eduardo Valdés Escoffery lleva 32 años en el Tribunal Electoral. Foto: Grupo Epasa

Con la excusa de resolver recursos de inconstitucionalidad, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no puede meterse a interpretar material electoral, tal como lo establece la Constitución Política de Panamá.

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En su momento el magistrado del Tribunal Electoral, Eduardo Valdés Escoffery defendió este situación indicando: "Que no son motivaciones personales, sino preocupaciones muy serias que tenemos los magistrados frente a pruebas irrefutables en cuanto a las intervenciones que ha tenido la Corte Suprema de Justicia al meterse a interpretar materia electoral que por mandato de la misma Constitución es competencia privativa, exclusiva del Tribunal Electoral".

Valdés Escoffery en aquella ocasión señaló: "Y aquellos que tengan a su alcance la Constitución podrán recurrir al artículo 143 donde podrán ver como una de nuestras funciones privativas es la reglamentar, interpretar y aplicar  la ley electoral así como decidir las controversias que surjan en torno a la materia electoral".

Destacaba el magistrado: "Y cuando en el pasado hemos visto so pretexto de una demanda constitucional o de inconsticionalidad frente a alguna decisión del Tribunal la Corte se ha ido más allá de su propia competencia y ha decidido darnos instrucciones en materia electoral, consideramos nosotros que cómo fue en el caso del Parlacen se sentó un precedente funesto".

El magistrado Eduardo valdés Escoffery, incluso alertaba de lo peligroso que es que la Corte Suprema de Justicia al resolver un recurso de inconstitucionalidad se ponga a interpretar material electoral. "Podría dar pase para que las elecciones de 2014 con el mismo pretexto, las proclamaciones que hagan el Tribunal Electoral en debida forma como el único ente con competencia privativa para interpretar la ley electoral nuestras decisiones de reconocer el legítimo triunfo del ganador de las elecciones de 2014 pueden ser desconocidas por la Corte Suprema de Justicia".

El funcionario, quien lleva 32 años como magistrado del Tribunal Electoral, dejó claro en el 2010 que los magistrados en la denominada 'Era Democrática' han  sido muy celosos de defender y mantener la independencia del Tribunal Electoral, no solo frente a los otros órganos del Estado, sino contra la Contraloría de la República.

En la actualidad hay una demanda de inconstitucionalidad en contra de un fallo del Tribunal Electoral que reconoce que el expresidente Ricardo Martinelli cuenta con fuero electoral penal y con el principio de especialidad.

En la Corte Suprema de Justicia se ha actuado con celeridad impulsando esta demanda, a tal nivel que en menos de 48 horas realizaron trámites que podría tomar semanas, teniendo en cuenta que se requiere de lectura, análisis, comprensión y luego emitir resoluciones.

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La celeridad con la que ha actuado la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio Público han generado muchas dudas sobre la intención que se tiene de desconocer los derechos de Ricardo Martinelli.

Incluso algunos abogados han denunciado que esta situación estaría impulsada por una acción coordinada del Órgano Ejecutivo, Corte Suprema de Justicia y Ministerio Público con el fin de influir en las elecciones de 2024.

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