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Judicial / Recurso presentado por defensa de Balbina Herrera es 'improcedente y extemporáneo'

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Balbina Herrera / Luis Eduardo Camacho / Panamá / Pinchazos telefónicos / Ricardo Martinelli

Panamá

Recurso presentado por defensa de Balbina Herrera es 'improcedente y extemporáneo'

Actualizado 2021/11/26 18:20:39
  • Redacción/ nacion.pa@epasa.com /.@panamaamerica

Para la defensa del exmandatario, el anuncio del abogado de la dirigente política, representa un desconocimiento del artículo 179 del Código Procesal Penal.

Jueces emitieron sentencia absolutoria a favor del exmandatario, Ricardo Martinelli. Foto: Archivos

Jueces emitieron sentencia absolutoria a favor del exmandatario, Ricardo Martinelli. Foto: Archivos

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La defensa del expresidente Ricardo Martinelli solicitó a las Juezas del Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Panamá, 'rechazar de plano' el recurso presentado por el apoderado legal de la dirigente política Balbina Herrera, contra la sentencia absolutoria a favor del exmandatario.

El abogado Luis Eduardo Camacho González sostiene que el recurso presentado por el abogado de Herrera, Nicomedes Castillo, es 'improcedente y extemporáneo'.

Camacho recordó que en el 2019, el Tribunal de Juicio Oral del Primer Circuito Judicial de Panamá absolvió a su representado, sentencia contra la cual se interpuso un recurso de anulación que fue concedido por el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial, que anuló la sentencia y ordenó un nuevo juicio.

Camacho indicó que con razón de la nulidad decretada, se celebró un nuevo juicio, en el cual el Tribunal integrado por las jueces Iveth Francois, Jennifer Saavedra y Marysol Osorio, profiere  la sentencia mediante la cual se absuelve, por segunda ocasión al exmandatario, por supuestos pinchazos telefónicos.

Para la defensa del exmandatario, el anuncio del abogado de la dirigente política, representa un desconocimiento del artículo 179 del Código Procesal Penal, donde destaca que 'cuando se ordena la celebración de un nuevo juicio en contra del imputado que haya sido absuelto por sentencia recurrida, y como consecuencia de este juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno'.

En cuanto a la advertencia de inconstitucionalidad, Camacho reiteró claro desconocimiento, en cuanto a "que conforme a la disposición constitucionales y legales pertinentes, la máxima corporación de justicia ha planteado que esta acción constitucional está sujeta a una serie de requerimientos que condicionan su admisibilidad", que no se cumplieron en esta acción.

Las tres juezas que absolvieron al expresidente Ricardo Martinelli del Caso Pinchazos basaron su decisión en el pésimo papel del testigo protegido presentado por el Ministerio Público.

Según las juezas, el testigo protegido no aportó suficiente evidencia para concluir que el expresidente dio la orden para las supuestas intercepciones que se realizaron desde el Consejo de Seguridad.

VEA TAMBIÉN: Juan Carlos Tapia: 'Procurador debe separar de sus puestos a fiscales involucrados en ilegalidades denunciadas'

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