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Nación / Abogado no es idóneo

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Abogado no es idóneo

Publicado 2005/01/27 00:00:00
  • Tailandia
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Mientras la obra se inauguró sin ser terminada, el abogado asesor de la Fundación Mar del Sur resultó no ser idóneo.

UNA CERTIFICACIÓN de la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, fechada el 27 de mayo de 2004, señala que Aquilino Sánchez Sanjur, abogado de la Fundación Mar del Sur, no es idóneo para ejercer la profesión.
Los miembros de la Fundación Mar del Sur son investigados por el Ministerio Público por supuestos malos manejos de unos B/.45 millones donados por el gobierno de Taiwan para obras sociales. Entre los investigados figura Aquilino Sánchez Sanjur.
La nota de la Corte, que lleva la firma del secretario de esa Sala, Carlos H. Cuestas, certifica en efecto que Aquilino Sánchez Sanjur, con cédula de identidad personal N°. 4-138-2663 "no aparece registrado como idóneo para ejercer la profesión de abogado".
Una búsqueda por la página Web del Órgano Judicial www.organojudicial.gob.pa de la lista de abogados idóneos, lo confirma.
Sánchez Sanjur legitimó el contrato de compra-venta de los terrenos en donde se construyó el Hospital José Domingo De Obaldía, en Chiriquí e incluso, en dicho documento se le señala como "abogado en ejercicio".
Su firma aparece en los documentos de homologación y posterior licitación para la construcción y equipamiento del hospital. A su vez, a él se le autoriza a firmar cualquier documento luego que la Fundación Mar del Sur entregó el Hospital al Patronato.
Fue Aquilino Sánchez quien envió notas al Ministerio de Economía y Finanzas para que los equipos adquiridos por Consultores Profesionales de Ingeniería, S.A. (COPISA), que construyó el proyecto, fueran exonerados de los impuestos, tal como establece la Ley 12 de 2001, que crea el Patronato del Hospital.
Al respecto, Carlos Vásquez del Colegio Nacional de Abogados sentenció que la Ley 9 que regula el ejercicio de la Abogacía es clara y señala que la persona que no tiene la calidad de abogado y refrenda un acto, no sólo comete un delito sino que se puede pedir la nulidad de lo actuado.
Agregó que si en los tribunales y las oficinas públicas se exige un registro de los abogados idóneos, el notario, en quien descansa la fe pública, debió cerciorarse que la persona tenía la calidad de profesional de derecho con todos los requisitos que establece la ley.
El artículo 9 de la Ley 9 de 18 de abril de 1984, establece que incurre en el delito de ejercicio ilegal de la profesión "La persona que sin cumplir con los requisitos, se anuncie o se haga pasar como abogado, u ofrezca servicios personales que requieran la calidad de abogado o gestiones sin autorización legal".
Los requisitos para ser abogado, según la ley, son tener la idoneidad expedida por la Corte Suprema de Justicia, y para ello se deberá tener título universitario de una institución reconocida oficialmente.
Pero además, el servidor público tiene prohibido aceptar o dar curso a memoriales o escritos que hayan sido firmados o suscritos por un abogado no idóneo. Así lo hace saber el artículo 10 de la Ley 9. Incluso señala que el funcionario público que admita como apoderado, asesor o vocero a persona no idónea para el ejercicio de la abogacía será sancionado con 30 días de suspensión de su cargo la primera vez, y por destitución si reincide.
Pero el artículo 14 de la Ley 9, va más allá, porque indica que todas las actuaciones que realice la persona no idónea serán nulas e incluso, prohibe a los notarios protocolarizar u otorgar documentos basados en minutas que no están elaboradas y firmadas por abogados.
El Código Penal en el Capítulo V sobre "Ejercicio Ilegal de una Profesión", artículo 286 dice: "El que ejerza una profesión para la cual se requiere una habilitación especial, sin haber obtenido la autorización correspondiente, será sancionado con prisión de 6 meses a 2 años ó de 100 a 150 días-multa".
Vásquez destacó que el gremio de abogados no puede tomar ninguna acción.
Había un plan para hacer que los invitados y comunicadores no tuvieran acceso a las áreas que estaban avanzadas en un 50% al momento de inaugurar el Hospital José Domingo De Obaldía. Así lo hace constar una carta fechada el 3 de junio de 2004 que el ingeniero Héctor Candanedo, contratado por la Fundación Mar del Sur le envía al entonces ministro de Salud, Fernando Gracia.
En la misiva Candanedo le confirma a Gracia que en efecto "no estamos en capacidad de mostrar todo el edificio del hospital, porque evidentemente no está terminado en su totalidad" y le enumera las áreas a visitar.
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