Fiscal solicita reabrir el caso de Heliodoro Portugal
Publicado 2003/07/31 23:00:00
- Tomado de Internet
La Fiscalía Tercera Superior apeló una decisión del Segundo Tribunal de Justicia que declaró prescrita la acción penal en el caso de las sumarias por la muerte del dirigente político Heliodoro Portugal y se dio un sobreseimiento a favor de los ex militares Heliodoro Villamil, Ricardo Garibaldo, Pablo Garrido, Melbourne Walker, Moisés Correa, Aquilino Sierio, Lucinio Miranda, Pedro del Cid y Rafael Castro.
Una fuente judicial confirmó que el fiscal tercero superior, Rolando Rodríguez, remitió al Segundo Tribunal un escrito con sus consideraciones para que se reabra el proceso por la desaparición y muerte de Heliodoro Portugal.
La fuente confirmó que ahora corresponderá a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinar si mantiene la prescripción de las sumarias o si revoca la decisión de los magistrados del Segundo Tribunal de Justicia.
El cuerpo de Heliodoro Portugal fue ubicado en el antiguo Cuartel de Los Pumas en Tocumen en septiembre de 1999 y reconocido tras la aplicación de una prueba de ADN a los restos. A raíz de su identificación sus familiares solicitaron la reapertura del proceso penal por su desaparición.
La ubicación de los restos de Portugal se logró con la ayuda de un testigo que observó el sitio en donde fueron sepultados varios cuerpos dentro del Cuartel de Los Pumas de Tocumen, tras ser detenidos y torturados.
En el escrito remitido por el fiscal Rodríguez, quien instruyó las sumarias por la muerte de Portugal, estimó que la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), de la que Panamá es signataria, considera que la desaparición forzada de personas viola múltiples derechos esenciales de la persona humana y constituye un crimen de lesa humanidad.
También señala que el Estado panameño entregó el segundo instrumento de ratificación el 28 de febrero de 1996, lo que a luz de lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Nacional se establece que la República de Panamá acata las normas del derecho internacional, este convenio dentro del bloque de la constitucionalidad es una norma con rango constitucional y es de forzoso cumplimiento.
De acuerdo con lo estipulado en estos convenios, las autoridades judiciales estarían obligadas a investigar las desapariciones ocurridas y denunciadas ante los despachos de instrucción, conforme lo señala esta norma.
La Comisión de la Verdad ha realizado duras críticas a los tribunales de justicia que han optado por rechazar la reapertura de los casos de personas desaparecidas y muertas durante la dictadura militar, cuyos restos han sido ubicados en los últimos años.
Una fuente judicial confirmó que el fiscal tercero superior, Rolando Rodríguez, remitió al Segundo Tribunal un escrito con sus consideraciones para que se reabra el proceso por la desaparición y muerte de Heliodoro Portugal.
La fuente confirmó que ahora corresponderá a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinar si mantiene la prescripción de las sumarias o si revoca la decisión de los magistrados del Segundo Tribunal de Justicia.
El cuerpo de Heliodoro Portugal fue ubicado en el antiguo Cuartel de Los Pumas en Tocumen en septiembre de 1999 y reconocido tras la aplicación de una prueba de ADN a los restos. A raíz de su identificación sus familiares solicitaron la reapertura del proceso penal por su desaparición.
La ubicación de los restos de Portugal se logró con la ayuda de un testigo que observó el sitio en donde fueron sepultados varios cuerpos dentro del Cuartel de Los Pumas de Tocumen, tras ser detenidos y torturados.
En el escrito remitido por el fiscal Rodríguez, quien instruyó las sumarias por la muerte de Portugal, estimó que la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), de la que Panamá es signataria, considera que la desaparición forzada de personas viola múltiples derechos esenciales de la persona humana y constituye un crimen de lesa humanidad.
También señala que el Estado panameño entregó el segundo instrumento de ratificación el 28 de febrero de 1996, lo que a luz de lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Nacional se establece que la República de Panamá acata las normas del derecho internacional, este convenio dentro del bloque de la constitucionalidad es una norma con rango constitucional y es de forzoso cumplimiento.
De acuerdo con lo estipulado en estos convenios, las autoridades judiciales estarían obligadas a investigar las desapariciones ocurridas y denunciadas ante los despachos de instrucción, conforme lo señala esta norma.
La Comisión de la Verdad ha realizado duras críticas a los tribunales de justicia que han optado por rechazar la reapertura de los casos de personas desaparecidas y muertas durante la dictadura militar, cuyos restos han sido ubicados en los últimos años.

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