Hasta que el tribunal nos separe
Publicado 2004/05/09 23:00:00
- Daschenka Chong
Cuando están delante de un altar jurando fidelidad y recibiendo la bendición divina "hasta que la muerte los separe", en lo que menos piensa una pareja en ese momento, es en la disolución de su vínculo.
Sin embargo, diversos factores externos e internos cambian el panorama, haciendo fugaz lo que creían imperecedero.
Se divorcian y encuentran nuevas parejas con quienes se vuelven a unir civilmente, porque el matrimonio religioso les está vedado. Según las leyes eclesiásticas son adúlteros, pero tienen esperanzas.
De ello nos habló el padre Edgar Flores, secretario adjunto de la Conferencia Episcopal Panameña y Vicario Judicial Adjunto del Tribunal Eclesiástico.
Nos dijo que siempre ha existido la posibilidad de solicitar la anulación de un matrimonio, siempre y cuando se den las causales. Empero, recalcó una y otra vez, que la anulación no es un derecho que tienen los cónyuges, sino una gracia que "puede" conceder la Iglesia, cuando comprueba situaciones que van en contra de lo que es el matrimonio.
El Código de Derecho Canónico en el canon 1095 define el matrimonio como una alianza "por la cual el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma naturaleza al bien de los conyuges y a la generación y educación a la prole. Fue elevada por Cristo a la dignidad de sacramento entre bautizados".
Por eso, el padre Flores desestima las razones de las personas que un día cualquiera dicen haberse fastidiado de él.
El matrimonio siempre se presume válido, afirmó el clérigo, pero se pueden dar situaciones que se estudian para una posible anulación cuando no se cumplieron con las obligaciones o formalidades del Código.
En Panamá la instancia a la que se debe acudir para estudiar esa posibilidad es el Tribunal Eclesiástico, que comienza a funcionar a partir de septiembre de 1975, bajo la aprobación de la Santa Sede en 1976.
Las causas por las que un matrimonio puede ser anulado son la incapacidad mental habitual u ocasional del contrayente para dar su consentimiento a la hora de casarse; presentar condiciones mentales que le impidan saber los compromisos que adquiere y casarse con una persona distinta con quien pensó que se casaría.
También se puede invalidar el vínculo a quienes aceptaron el matrimonio por obligación o en contra de su voluntad, a quienes son incapaces de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio, quienes sufran de impotencia antecedente al matrimonio y perpetua para cumplir con los deberes conyugales, entre otros.
El matrimonio tiene su pleno cumplimiento o es válido cuando es "rato y consumado", es decir, cuando se ha realizado bajo todas las formalidades y se ha consumado, sexualmente hablando.
Un proceso de anulación de matrimonio dura de 6 meses a un año, dependiendo del grado de diligencia que le pongan las partes interesadas.
Lo primero que debe hacer es buscar orientación con su párroco. Luego en el Tribunal Eclesiástico de Panamá le pedirán una autobiografía y narración de todo lo sucedido en su relación. Lo que se llama escrito de demanda.
El escrito será estudiado para ver si procede, si es así se admite y se notifica a la persona demandada el inicio del proceso de anulación de su matrimonio. Se eligen cuatro testigos, dos por cada parte, se llenan cuestionarios, se exponen pruebas, que luego se pasan al juez del Tribunal.
El juez mira todo y lo compara con la opinión del Defensor del Vínculo, quien defiende el sacramento del matrimonio, y con la de un psicólogo.
Si la anulación es afirmativa pasa a una segunda instancia, donde se confirma la decisión, no es una apelación. La segunda instancia para Panamá es el tribunal de Cali, Colombia.
Luego de las dos sentencias se llama a la persona y se le anuncia que su matrimonio ha sido anulado. Entonces se publica en el tablero del tribunal.
Las personas involucradas en la anulación de un matrimonio son: la ex pareja, las secretarias, el notario, quien da fe de todo; el Defensor del Vínculo, el juez de Primera Instancia, el psicólogo y el juez de Segunda Instancia.
El pago del proceso, de acuerdo con el padre Edgar Flores, dependerá de las condiciones económicas de los interesados.
En Panamá no existe una cifra precisa de los matrimonio católicos anulados. Muchos procesos se inician, pero son pocos los que se concluyen por falta de interés de las partes. El padre Flores mencionó que en la actualidad se culminan de 20 a 25 procesos al año.
A las personas que están "unidas" o casadas por lo civil, más no por las leyes divinas, la Iglesia Católica las llama "familias en situación difícil y especial". Para ellos, la Carta Pastoral sobre la familia firmada por los obispos panameños en septiembre del año pasado, establece en el artículo 87 una atención y acompañamiento por agentes pastorales idóneos que los ayuden a "normalizar" su estatus. Incluso con los procesos que conduce a una "posible" declaración de nulidad frente al Tribunal Eclesiástico.
Hasta que se resuelvan su situación se les impulsa a la comunión espiritual dentro de la Eucaristía.
El clérigo aconsejó a quienes desean casarse prepararse bien, sin dejarse llevar por situaciones externas, emocionales o estéticas; añadió que la asesoría de su párroco y de sus padres es fundamental en la orientación de la vida matrimonial, para que después no haya lamentaciones.
Sin embargo, diversos factores externos e internos cambian el panorama, haciendo fugaz lo que creían imperecedero.
Se divorcian y encuentran nuevas parejas con quienes se vuelven a unir civilmente, porque el matrimonio religioso les está vedado. Según las leyes eclesiásticas son adúlteros, pero tienen esperanzas.
De ello nos habló el padre Edgar Flores, secretario adjunto de la Conferencia Episcopal Panameña y Vicario Judicial Adjunto del Tribunal Eclesiástico.
Nos dijo que siempre ha existido la posibilidad de solicitar la anulación de un matrimonio, siempre y cuando se den las causales. Empero, recalcó una y otra vez, que la anulación no es un derecho que tienen los cónyuges, sino una gracia que "puede" conceder la Iglesia, cuando comprueba situaciones que van en contra de lo que es el matrimonio.
El Código de Derecho Canónico en el canon 1095 define el matrimonio como una alianza "por la cual el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma naturaleza al bien de los conyuges y a la generación y educación a la prole. Fue elevada por Cristo a la dignidad de sacramento entre bautizados".
Por eso, el padre Flores desestima las razones de las personas que un día cualquiera dicen haberse fastidiado de él.
El matrimonio siempre se presume válido, afirmó el clérigo, pero se pueden dar situaciones que se estudian para una posible anulación cuando no se cumplieron con las obligaciones o formalidades del Código.
En Panamá la instancia a la que se debe acudir para estudiar esa posibilidad es el Tribunal Eclesiástico, que comienza a funcionar a partir de septiembre de 1975, bajo la aprobación de la Santa Sede en 1976.
Las causas por las que un matrimonio puede ser anulado son la incapacidad mental habitual u ocasional del contrayente para dar su consentimiento a la hora de casarse; presentar condiciones mentales que le impidan saber los compromisos que adquiere y casarse con una persona distinta con quien pensó que se casaría.
También se puede invalidar el vínculo a quienes aceptaron el matrimonio por obligación o en contra de su voluntad, a quienes son incapaces de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio, quienes sufran de impotencia antecedente al matrimonio y perpetua para cumplir con los deberes conyugales, entre otros.
El matrimonio tiene su pleno cumplimiento o es válido cuando es "rato y consumado", es decir, cuando se ha realizado bajo todas las formalidades y se ha consumado, sexualmente hablando.
Un proceso de anulación de matrimonio dura de 6 meses a un año, dependiendo del grado de diligencia que le pongan las partes interesadas.
Lo primero que debe hacer es buscar orientación con su párroco. Luego en el Tribunal Eclesiástico de Panamá le pedirán una autobiografía y narración de todo lo sucedido en su relación. Lo que se llama escrito de demanda.
El escrito será estudiado para ver si procede, si es así se admite y se notifica a la persona demandada el inicio del proceso de anulación de su matrimonio. Se eligen cuatro testigos, dos por cada parte, se llenan cuestionarios, se exponen pruebas, que luego se pasan al juez del Tribunal.
El juez mira todo y lo compara con la opinión del Defensor del Vínculo, quien defiende el sacramento del matrimonio, y con la de un psicólogo.
Si la anulación es afirmativa pasa a una segunda instancia, donde se confirma la decisión, no es una apelación. La segunda instancia para Panamá es el tribunal de Cali, Colombia.
Luego de las dos sentencias se llama a la persona y se le anuncia que su matrimonio ha sido anulado. Entonces se publica en el tablero del tribunal.
Las personas involucradas en la anulación de un matrimonio son: la ex pareja, las secretarias, el notario, quien da fe de todo; el Defensor del Vínculo, el juez de Primera Instancia, el psicólogo y el juez de Segunda Instancia.
El pago del proceso, de acuerdo con el padre Edgar Flores, dependerá de las condiciones económicas de los interesados.
En Panamá no existe una cifra precisa de los matrimonio católicos anulados. Muchos procesos se inician, pero son pocos los que se concluyen por falta de interés de las partes. El padre Flores mencionó que en la actualidad se culminan de 20 a 25 procesos al año.
A las personas que están "unidas" o casadas por lo civil, más no por las leyes divinas, la Iglesia Católica las llama "familias en situación difícil y especial". Para ellos, la Carta Pastoral sobre la familia firmada por los obispos panameños en septiembre del año pasado, establece en el artículo 87 una atención y acompañamiento por agentes pastorales idóneos que los ayuden a "normalizar" su estatus. Incluso con los procesos que conduce a una "posible" declaración de nulidad frente al Tribunal Eclesiástico.
Hasta que se resuelvan su situación se les impulsa a la comunión espiritual dentro de la Eucaristía.
El clérigo aconsejó a quienes desean casarse prepararse bien, sin dejarse llevar por situaciones externas, emocionales o estéticas; añadió que la asesoría de su párroco y de sus padres es fundamental en la orientación de la vida matrimonial, para que después no haya lamentaciones.

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