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Nación / Juristas creen que María del Pilar debe ser deportada

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Sin documentos no puede hacer trámites

Juristas creen que María del Pilar debe ser deportada

Actualizado 2014/08/24 01:03:03
  • Darys Araúz Somoza (darauz@epasa.com)

Juristas aclaran que María del Pilar Hurtado, exjefa del DAS de Colombia, no puede regularizar su estatus migratorio, debido a que es una ilegal.

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Juristas aclaran que María del Pilar Hurtado, exjefa del DAS de Colombia, no puede regularizar su estatus migratorio, debido a que es una ilegal.

Datos
  • Delitos
  • María del Pilar Hurtado es acusada en Colombia de concierto para delinquir agravado, abuso de función pública, violación de comunicaciones, peculado por apropiación y falsedad.
  • Estatus
  • La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el asilo de Hurtado, lo que invalida cualquier documento que le validaba para circular en territorio panameño, y Colombia le revocó el pasaporte.
  • Proceso
  • En Colombia, excolaboradores del DAS son juzgados en los tribunales de Colombia e incluso algunos han sido condenados.

Juristas aclaran que María del Pilar Hurtado, exjefa del DAS de Colombia, no puede regularizar su estatus migratorio, debido a que es una ilegal.

El abogado Ángel Álvarez indicó que desde que se emitió la sentencia que declaró inconstitucional su asilo, Hurtado debió ser deportada como lo establece el Decreto Ley N.°3 de 2008 en su artículo 32.

El letrado recordó que Hurtado no tiene pasaporte de identidad, al ser retirado por Colombia, recalcando que el pasaporte es documento del Estado y no de la persona. “Ella no tiene documentos, por lo tanto ninguna autoridad puede atender ninguna petición de una persona indocumentada”, agregó.

Álvarez indicó que para cualquier trámite Hurtado debe presentar copia íntegra del pasaporte, el cual no tiene, además copia de récord policivo, subrayando que en Colombia se le imputan 5 delitos, por lo que es solicitada ante los tribunales de ese país.

El exprocurador de la nación Rogelio Cruz dijo que el hecho de que Hurtado esté casada con una persona nacionalizada, la ley no le otorga ningún estatus ni ninguna prerrogativa especial.

Cruz agregó que todo extranjero en Panamá debe tener un estatus migratorio independientemente de si está casada con nacional o de si tienes hijos de un nacional o no.

En el caso de Hurtado se dieron señalamientos de que podría acudir a Crisol de Razas.

 

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