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Nación / Tribunal Electoral no puede inhabilitar a Ricardo Martinelli

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Corte Suprema de Justicia / Fallos amañados / Justicia / Órgano Judicial / Recurso de Casación

Tribunal Electoral no puede inhabilitar a Ricardo Martinelli

Actualizado 2024/02/15 00:00:28
  • Redacción
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  • PanamaAmerica

Para el magíster Banista Escobar, el fallo del caso New Business no está en firme, porque aún pueden presentar el recurso de revisión.

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Los candidatos a la presidencia y vicepresidente de la República por los partidos Realizando Metas y Alianza, Ricardo Martinellu y José Raúl Mulino. Víctor Arosemena

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El magíster y docente Enrique Banista Escobar consideró que el Tribunal Electoral estaría cometiendo un error y violando el debido proceso si inhabilita la candidatura presidencial de Ricardo Martinelli en las elecciones de mayo próximo.

En su cuenta de Tik Tok, y luego de consultas de sus seguidores sobre el caso, Banista Escobar señaló que desde su punto de vista, el exmandatario sí puede correr, y que una inhabilitación a estas alturas es ilegal e inconstitucional.

En un proceso "express" lleno de irregularidades y llevándose "por los cachos" los tiempos y procedimientos legales, el Órgano Judicial condenó a Martinelli por el denominado caso New Business y la Corte Suprema no admitió un recurso de casación, un día antes del arranque de campaña para la elección.

Según Martinelli y su defensa, la mano del Órgano Ejecutivo ha estado detrás de este proceso, con el único fin de inhabilitarlo, porque es quien marca primero en las preferencias del electorado, y por calle.

Para el magíster Banista Escobar, el fallo del caso New Business no está en firme, porque después del recurso de casación, las partes aún pueden presentar el recurso de revisión, que aún no ha sido interpuesto por la defensa de RM.

Añade que el artículo 1206 del Código Judicial señala que: "Para interponer el Recurso de Revisión se concede el término de un año, el cual se contará desde el día en que se recobren los documentos o se descubra el fraude o haya sido hecha la declaración de falsedad o se cumplan las condiciones en que debe fundarse".

Esto significa -explica el abogado- que la defensa de RM tiene hasta febrero de 2025 para presentar este recurso de revisión". La elección es en mayo de 2024.

Agrega que si se quisiera inhabilitar a RM, la justicia electoral debe llevar un proceso que implica notificar a las partes de la demanda de inhabilitación, permitir que las partes contesten, presentar pruebas, contrapruebas y que las partes hagan ejercicio de sus recursos.

"Si los jueces lo inhabilitan, estarían claramente violando la ley y la Constitución", destacó el abogado, dado que la sentencia aún no está en firme.

"El periodo para inhabilitaciones e impugnaciones venció el año pasado, en 2023, y ahora tomaron un fallo del 2024. Agarrar la máquina del tiempo y viajar al 2023 para inhabilitarlo es imposible, salvo que tú le des efecto retroactivo a una sentencia, y entonces estás violando el debido proceso", reiteró.

Por su parte, el catedrático Miguel Antonio Bernal advirtió que el caso contra el candidato presidencial, Ricardo Martinelli, es "político desde hace rato" y dijo que Panamá -con base en el Derecho Internacional- está obligado a expedir el salvoconducto, tras el asilo diplomático otorgado por Nicaragua. Para Bernal desde que a usted le violan olímpicamente el debido proceso, se sale del mundo jurídico para caer en la venganza política y eso es lo que ha pasado con Martinelli.

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El doctor en Derecho dijo que sería cegarse no darse cuenta de que la "metiche" está metida hasta la zapatilla en negar el salvoconducto y le dijeron a Cortizo: "usted no dará el salvoconducto" y quiero que alguien del gobierno venga a decirme que lo que estoy diciendo no es verdad. Lo que pasa es aquí creen que somos tontos.

Bernal también cuestionó a algunos "directores" de medios están sembrando odios y rencores para provocar enfrentamientos.

El abogado también resaltó que después de la invasión de EEUU a Panamá, el gobierno de Endara tuvo que otorgar salvoconductos a figuras deleznables, torturadores y asesinos del régimen militar, porque la Convención de Caracas de 1954 sobre asilo diplomático así lo establece.

A Bernal le mortifica la seriedad con la que algunos opinólogos dicen una serie de atorrancias increíbles con desparpajo, y destacó que la forma cómo Panamá aborde el asilo a Martinelli, sin duda será tema de análisis para academias y universidades serias, porque tarde o temprano tendrá que acatar el Derecho Internacional para dar el salvoconducto.

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