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Diferencia entre robo y hurto

... en Panamá el robo siempre implica violencia o intimidación contra una persona. Si no se da ninguna de las dos, entonces es un hurto o un hurto agravado, por más daño material que haya ocasionado el delincuente.

Orestes Arenas Nero - Publicado:

La pena para el delito de robo es mayor que para el hurto. Foto: EFE.

En Panamá es muy común confundir el hurto con el robo. Coloquialmente se habla de hurto o de robo indistintamente, aun cuando nuestro Código Penal los diferencia claramente. El hurto es apoderarse de algo que no le pertenece a uno.

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Por ejemplo, si alguien ve un celular que no le pertenece en una mesa, lo toma y se lo lleva, entonces es un hurto. El delincuente nunca interactuó con la víctima. La pena de prisión para este delito es baja en comparación con otros: de 1 a 3 años.

También es hurto cuando el delincuente ejerce violencia sobre las cosas. Es decir, si la persona daña la puerta para poder entrar en una casa a tomar lo que no le pertenece (por ejemplo, mientras los dueños están en sus trabajos). En este supuesto es hurto agravado y la pena va de 5 a 10 años de prisión.

Distinto es el caso del robo, que implica lo mismo que el hurto, y, adicionalmente, hay violencia o intimidación sobre las personas. Quien comete un hurto solo afecta el patrimonio económico de la víctima.

Pero quien comete un robo afecta el patrimonio económico, así como la libertad individual y la integridad de la víctima. Esta sufre una merma en sus bienes, pero también es víctima de la violencia o de intimidación, que la afectan física y psicológicamente. Por ejemplo, es robo si un delincuente golpea a la víctima para quitarle el celular, o si la amenaza con un arma (así sea falsa el arma). En estos casos se quiebra la resistencia del ofendido mediante actos de violencia física o mental.

La pena para el delito de robo es mayor que para el hurto. El robo simple se castiga con prisión de 7 a 12 años, mientras que el robo agravado puede llegar a castigarse hasta con 18 años de prisión. Esta diferencia se debe a que en el robo la víctima corre más peligro. No solo pierde sus pertenencias y su libertad es restringida, sino que puede llegar a perder la vida. De ahí que el reproche sea mucho mayor.

Se considera robo agravado cuando el delincuente utiliza armas (de fuego o punzocortantes); si el robo lo comete un delincuente enmascarado; cuando en el robo participan dos o más delincuentes; si se retiene a la víctima o se le causa alguna lesión física; cuando la víctima es un turista (nacional o extranjero); y, cuando se comete en un transporte público de pasajeros. En estos casos la pena será agravada, ya que la lesión de bienes jurídicos es mayor.

Por su parte, el primer Código Penal aprobado en la República de Panamá en 1916 ya hacía esta distinción. Entonces: ¿de dónde viene esta confusión? Pues, sucede que en muchos países hispanohablantes mezclan estos conceptos.

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En España, Argentina, Costa Rica y Ecuador aceptan la figura del robo con violencia sobre las cosas (algo que en Panamá rechazamos). En estos países, entrar a una casa a apoderarse de bienes que no le pertenecen es considerado un robo (mientras que en Panamá sería un hurto agravado). Para estos países es un robo con fuerza sobre las cosas. Un concepto que es contrario al Derecho Penal patrio.

Como conclusión, en Panamá el robo siempre implica violencia o intimidación contra una persona. Si no se da ninguna de las dos, entonces es un hurto o un hurto agravado, por más daño material que haya ocasionado el delincuente. Con base en esto, lo correcto es decir que hurtaron en una casa y no que robaron en ella, siempre y cuando lo hurtado no haya estado bajo dominio directo de una persona.


Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Panamá.

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