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Eutanasia y Derecho Penal

Para el Código Penal Panameño, conforme se prevé en el artículo 135, la eutanasia ingresa, dependiendo su aparición desarrollo y ejecución, dentro del delito de inducción o ayuda al suicidio. Es decir, se encuentra penalizada.

  • Silvio Guerra Morales
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  • - Actualizado: 04/6/2020 - 08:58 pm
Al concepto eutanasia se le han adjudicado diferentes significados: muerte rápida y sin dolor

Al concepto eutanasia se le han adjudicado diferentes significados: muerte rápida y sin dolor", "muerte tranquila", "muerte fácil", "muerte suave", "muerte natural". Foto: EFE.

Código Penal Panameño /Derecho Penal Panameño /Eutanasia /Penalizada

El suicidio, como tal, esencialmente caracterizado por un "acto voluntario" por parte de una persona que decide ponerle fin a su existencia o a su vida, no representa ningún interés jurídico penal para el Derecho Penal.

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No obstante, existen hechos y circunstancias que al estar relacionados con un suicidio, acarrean responsabilidad penal para terceros que entran en esa relación.

Terceros que, para la perspectiva del Derecho Penal, pasan a ser "autores" de un delito.

Se habla entonces, conforme se recoge en la doctrina y en los códigos penales, del delito de inducción al suicidio, cooperación al suicidio, a como también al delito de cooperación ejecutiva al suicidio.

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En este artículo queremos ocuparnos de un concepto que ha venido, en alguna manera, a trastocar parte de la dogmática penal relativa a estos delitos.

Hablamos de la eutanasia. La palabra eutanasia proviene de los vocablos griego "eu" (bueno) y "thanatos" (muerte).

De tal manera que su significado "buena muerte".

El célebre galeno Hipócrates se opuso a la eutanasia dado que consideraba como fundamental y especial la santidad del ser humano y el verdadero bienestar del paciente; sin embargo, reconoció que esta ética podría ser violada fácilmente por los médicos dado que estos no tienen el poder para curar sino también para matar.

De allí hizo que los médicos se comprometieran éticamente con el denominado Juramento Hipocrático: "Y no daré ninguna droga letal a nadie, aunque me la pidan, ni sugeriré ni un uso, y del mismo modo tampoco a ninguna mujer daré pesario abortivo, sino que, a lo largo de mi vida, ejerceré mi arte pura y santamente".

La filosofía estoica, representada por sus mejores exponentes: Séneca, Epicteto y Marco Aurelio, defendió la eutanasia.

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Así por ejemplo, Séneca sostenía "no se trata de huir de la vida, sino de saber dejarla", "es preferible quitarse la vida, a una vida sin sentido y con sufrimiento". 

El cristianismo condena rotundamente el suicidio. Sin embargo, la historia afirma que en un principio lo consideró como un gesto heroico para escapar al deshonor o como una forma de aceptar el martirio.

Sin embargo, esto era más producto del fanatismo que de una vida dignamente cristiana.

San Agustín, equiparó el suicidio al homicidio y no admitía ningún tipo de excepción por lo que, ni el gran dolor moral ni la desesperación, podrían justificarlo.

La influencia agustiniana se refleja en el Código Canónico dado que, a partir del Concilio de Arles en el año 452, prescribió sanciones tales como: prohibición de misa, prohibición de cantar salmos cuando se acompañaba al difunto a la tumba, también se prohibió darle sepultura al cadáver en campo santo y la excomunión para quienes lo hubieran intentado.

Aunque no es la idea hacer un recuento histórico, es importante destacar que la Revolución Francesa fue la que generó la tradición jurídica de la no punibilidad del suicidio, que se advierte en la mayor parte de los códigos penales actuales.

El fascismo de Hitler, en la Alemania Nazi, aprobó en 1939 una norma jurídica que obligaba a las personas a informar a las autoridades respecto al nacimiento de niños con defectos físicos y tres peritos decidían si el niño debía seguir o no con vida.

Posteriormente, Hitler dictó normas legales por la cual se aprobaba la supresión de "vidas humanas sin valor".

Al concepto eutanasia se le han adjudicado diferentes significados: muerte rápida y sin dolor", "muerte tranquila", "muerte fácil", "muerte suave", "muerte natural".

Platón, en su obra Fedón, hace referencia al suicidio de Sócrates, quien decide tomar la cicuta, describiendo el comportamiento del gran filósofo en sus últimos días: "Sócrates fue condenado a muerte, sus amigos le prepararon un plan de fuga, pero el prefirió acatar la Ley y murió por ello.

Pasó sus últimos días de vida con sus amigos y seguidores.

Poco antes de cumplir su sentencia se bañó, para evitar con ello que las mujeres tuvieran que lavar su cadáver.

Una vez limpio, bebió el veneno y cuando sintió sus piernas ya pesadas, se acostó dignamente sobre sus espaldas, sin quejarse ni mostrando sufrimiento alguno sino al contrario, él era la persona más optimista que se encontraba en ese lugar ya que toda la demás gente sufría al saber que Sócrates iba a morir, con esto despertó la admiración de cuantos lo rodeaban".

Para el Código Penal Panameño, conforme se prevé en el artículo 135, la eutanasia ingresa, dependiendo su aparición desarrollo y ejecución, dentro del delito de inducción o ayuda al suicidio.

Es decir, se encuentra penalizada.

Abogado.

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