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Opinión / Productos vencidos, un mal de nunca acabar

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Productos vencidos, un mal de nunca acabar

Publicado 2017/05/30 00:00:00
  • José Andrés Muñoz R. opinion@epasa.com

El fomento de campañas educativas en los medios masivos contribuye a sensibilizar a los consumidores y estos ejercen su ciudadanía haciendo las denuncias en Acodeco, mismas que anualmente están “in crescendo”.

En los últimos años se han realizado grandes esfuerzos dirigidos a sensibilizar a los consumidores para que ejerzan un papel protagónico en la economía de mercado. Esto es, que estén vigilantes a la hora de comprar, comprueben las fechas de vencimiento de los productos y denuncien a los agentes económicos o comerciantes que continúan vendiendo productos vencidos.

El fomento de campañas educativas en los medios masivos contribuye a sensibilizar a los consumidores y estos ejercen su ciudadanía haciendo las denuncias en Acodeco, mismas que anualmente están “in crescendo”.

Aprovechando el crecimiento de las redes sociales en manos de los consumidores, y las alternativas que brinda la Acodeco, que ha optado por ampliar su plataforma, con miras a que los consumidores no tengan que llegar hasta la entidad, de un total de 1,723 quejas, unas 1,124 fueron recibidas telefónica y electrónicamente, en el periodo del 1 de enero al 8 de mayo del 2017.

Es importante descargar el “app” de la entidad y colocar las denuncias en Twitter y Facebook acodecoresuelve, así como en la página web www.acodeco.gob.pa, y su chat en línea. Línea telefónica 130 gratuita, desde teléfono residencial.

La información sobre la fecha de vencimiento puede ser expresada en la etiqueta del producto, en el borde del envase, en la parte de abajo del producto, y generalmente se encuentra oculta.

Hay diferentes maneras de dar a conocer al consumidor cuándo expira el producto de acuerdo con el lugar de origen o procedencia: Expira oct-2-2017; mejor antes 01 septiembre de 2017; mejor antes del final de dec. 2017; expira en la fecha 15/12/ 2017.

“La fecha de caducidad de un producto, medicamento, producto químico o un cosmético es el día límite para un consumo óptimo desde el punto de vista sanitario. Es la fecha a partir de la cual, según el fabricante, ya el producto no es seguro para la salud del consumidor”, según el portal wikipedia.org.

La actual legislación de consumo de nuestro país es la Ley 45 del 31 de octubre del 2007, que desarrolla en su Título II, Protección al consumidor, y en el artículo 36, acápite 1, señala: “Informar clara y verazmente al consumidor sobre las características del producto o servicio ofrecido, tales como la naturaleza, la composición, el contenido, el peso, el origen, la fecha de vencimiento, la toxicidad, las precauciones, el precio o cualquiera condición determinante, lo cual se consignara en el empaque, recipiente, el envase o la etiqueta del producto o en el anaquel del establecimiento comercial, en términos comprensibles y legibles”.

Tomemos conciencia de nuestro papel y denunciemos ante las entidades a quienes violenten nuestros derechos.

Analista de consumo

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