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Refundación de la nación por una constituyente, no reformas parches

El cambio constitucional pretende esencialmente reorganizar la redistribución del poder político existente, proponiendo el reemplazo del sistema presidencialista por un nuevo sistema de gobierno que permita un real equilibrio entre los órganos del Estado...

Cristóbal Silva | opinion@epasa.com | - Publicado:

Hay que resolver la manera como debe organizarse y ejercerse el poder público para permitir conducir al país por caminos de justicia, solidaridad y equidad social.

El Movimiento Constituyente Va, el cual ha estado promoviendo la convocatoria de una asamblea constituyente por los últimos tres años, motivado por la crisis institucional que se manifiesta en Panamá, la cual amerita intentar una impostergable transformación de la nación a partir de un proceso constituyente, ha preparado una propuesta presentada en su publicación denominada, "Documento Conceptual y de Principios".

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Esta propuesta serviría de centro de debate político nacional y eventualmente se propondría para las deliberaciones de los miembros de la necesaria y futura asamblea constituyente.

El cambio constitucional pretende esencialmente reorganizar la redistribución del poder político existente, proponiendo el reemplazo del sistema presidencialista por un nuevo sistema de gobierno que permita un real equilibrio entre los órganos del Estado, lo que podría denominarse un sistema de gobierno semipresidencialista que genere un gobierno más democrático, responsable y gobernable, es decir, "un buen gobierno", tal como se merecen los ciudadanos, a fin de alcanzar el bienestar (bien común) para todos.

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Adicionalmente se propone transitar de la actual democracia representativa a una participativa, incorporando instituciones básicas de la democracia semidirecta.

Este cambio produciría la implantación de un moderno y funcional proceso de descentralización, no solo desconcentración como se ha intentado, del poder político para reemplazar el excesivo e ineficiente gobierno centralizado.

Las modificaciones afectarían la estructura del Órgano Legislativo, la integración y funcionamiento del Órgano Judicial y el poder centralizado en el Órgano Ejecutivo.

Además se proponen cambios en la estructura, funcionamiento y pertinencias administrativas y de regulación en materia presupuestaria que mantiene la Contraloría, Procuraduría, Tribunal Electoral, incluyendo a su vez el régimen electoral y de partidos políticos y otras instituciones de alta relevancia en el país.

Sin duda, el quid del asunto en una transformación constitucional está en definir qué cambiar y cómo cambiarlo. En otras palabras, ¿qué es lo fundamental en la problemática política de una nación?

La respuesta general es el PODER.

Hay que resolver la manera como debe organizarse y ejercerse el poder público para permitir conducir al país por caminos de justicia, solidaridad y equidad social.

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El titular de la soberanía para realizar cambios constitucionales es el pueblo.

Hay que distinguir entre el poder originario y el poder constituido.

El primero es el que hace la constitución y el segundo es un poder regulado y determinado por la propia constitución.

De esto se entiende que el poder originario es superior al establecido o constituido por la propia constitución.

El poder constituyente originario no deriva sus atribuciones de la constitución y no tiene que actuar de acuerdo con los procedimientos que para modificarla la misma establece.

Ingeniero.

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