Panamá
Laurentino Cortizo objeta iniciativa para ampliar el fuero de maternidad al padre
El mandatario vetó en forma parcial el proyecto, al no estar de acuerdo con puntos sobre las vacaciones anticipadas para el padre y el fuero para no ser despedido cuando la madre está desocupada.
- Francisco Paz
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- - Actualizado: 20/6/2021 - 07:26 am
Aunque el presidente Laurentino Cortizo reconoció que el proyecto de ley 548 que amplía el alcance del fuero de maternidad hasta el padre busca suplir las necesidades básicas del menor, lo objetó de manera parcial por considerar inconvenientes varios artículos.
La iniciativa es impulsada por el diputado Daniel Ramos Tuñón, del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD), quien también es abogado, y consiguió que fuera aprobada en su segundo intento, el pasado 28 de abril, en el ocaso del periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional.
"Tiene como propósito mantener con vida ese derecho que adquiere la madre por interés superior del niño y que se pierde cuando la madre fallece, porque la razón por el que este derecho nace es para protección del niño, como un amparo", sostuvo el diputado que representa a Penonomé.
Por otra parte, se establece que cuando la madre esté embarazada y no labore, el hombre no sea despedido mientras dure la gestación y hasta un año después del nacimiento, salvo en casos especiales que tienen que ser reglamentados.
Para el equipo legal del Ejecutivo, en este punto no se dice nada respecto a las mujeres que, sin ser asalariadas, pudieran estar recibiendo ingresos por un emprendimiento o un negocio propio.
Con respecto a que el padre no pueda ser despedido, no se hace referencia a los tipos de contratos de trabajo que se efectúan en el sector público o privado.
Por ejemplo, en el sector privado existen contratos por tiempo indefinido y contratos para la ejecución de una obra determinada, los cuales tienen una vigencia específica, como es el caso de los trabajadores de la construcción.'
Fueron cinco artículos del proyecto de ley 548 los que objetó el presidente Laurentino Cortizo, asesorado por su equipo legal.
La objeción del Ejecutivo fue firmada el pasado 14 de junio y fue recibida por la Secretaría General de la Asamblea, al día siguiente.
El Pleno de la Asamblea deberá devolver el proyecto a la Comisión de Trabajo que se conforme en el mes de julio para que esta revise las objeciones realizadas por el Presidente.
Es el segundo intento del diputado Daniel Ramos por convertir en ley este proyecto.
El proyecto también buscaba que en caso de fallecimiento de la madre, el padre gozara de fuero de paternidad hasta cumplirse el término de un año a partir del parto, además de 15 días laborables de vacaciones anticipadas.
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Sobre el particular, la principal objeción del Ejecutivo tiene que ver con las vacaciones, ya que existe la Ley 27 de 2017, que crea una licencia remunerada de paternidad para los trabajadores de tres días hábiles a partir del nacimiento de su hijo.
Cortizo considera que las vacaciones además de un derecho es un acuerdo entre empleador y trabajador sobre el tiempo para tomarlas, por lo que "no es aconsejable que el arbitrio de la ley se encargue de imponer el disfrute del descanso remunerado cuando todavía no se tiene derecho a él".
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Sobre la documentación que debe presentar el padre, en el que se menciona certificado de matrimonio o constancia de un juez de paz de que lleva unido con su pareja más de dos años, el mandatario hizo la observación de que este requisito "deja un vacío de interpretación con respecto a los hijos habidos fuera del matrimonio".
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Corresponderá a la Asamblea tomar en cuenta las observaciones para volver a aprobar el proyecto de ley.
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