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Política / ¿Qué precedente genera el proceso de revocatoria de mandato contra el alcalde José Luis Fábrega?

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Alcaldía de Panamá / José Luis Fábrega / Panamá / Proceso / revocatoria de mandato

Panamá

¿Qué precedente genera el proceso de revocatoria de mandato contra el alcalde José Luis Fábrega?

Actualizado 2022/04/20 08:00:05
  • Alberto Pinto
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El cargo de alcalde en Panamá con anterioridad era designado por el presidente de la República, luego pasó a ser electo mediante el voto popular.

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El alcalde José Luis Fábrega  desde que asumió el cargo ha sido blanco de críticas por su gestión. Foto: Grupo Epasa

El alcalde José Luis Fábrega desde que asumió el cargo ha sido blanco de críticas por su gestión. Foto: Grupo Epasa

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El inicio del proceso de revocatoria de mandato contra el alcalde del distrito de Panamá, crea un precedente histórico en Panamá, donde por primera vez  la  ciudadanía es la que decide el futuro de una autoridad electa por votación popular.

La historia política de Panamá no registra hecho parecido, ya que otras revocatorias de mandato se han concretado  por  medio de los partidos políticos y no por parte de la población.

El cargo de alcalde en Panamá con anterioridad era designado por el presidente de la República, luego pasó a ser electo mediante el voto popular.

Para iniciar el proceso de revocatoria se tiene que hacer la solicitud ante el Tribunal Electoral (TE), donde luego de ciertos trámites establece el porcentaje de firmas que se deben recoger para convocar el referendo.

En el caso que se ha iniciado contra el alcalde José Luis Fábrega el Tribunal Electoral autorizó iniciar el proceso de recolección de firmas desde este miércoles 20. Se necesitará el 30% del padrón electoral de las elecciones de 2019.

Y es que a partir de hoy se deben recoger 198,920 firmas de electores inscritos en el padrón electoral  del distrito de Panamá en el  2019 para poder que el Tribunal Electoral autotice el plebiscito revocatorio.

Una vez los sectores que recogen las firmas, y estas sean validadas, la máxima instancia electoral tiene un plazo de hasta tres meses para convocar al referendo.

Ya en el referendo, la revocatoria del mandato del alcade de la ciudad capital se dará con mayoría simple, es decir el 50% de los votos válidos más uno.

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Durante este miércoles el propulsor de la iniciativa ciudadana, el abogado Roberto Ruiz Díaz en un acto simbólico comenzó con el proceso de recolección de firmas desde la sede principal del Tribunal Electoral.

Las personas que puedan firmar, podrán hacerlo mediante firma directa en  la sede del Tribunal Electoral,  en los kioscos ubicados en supermercados y estaciones del Metro, y  a través de los celulares o tabletas que cuentan con el software instalado.

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Ya al menos unas cinco agrupaciones de la sociedad civil han mostrado su interés en recoger firmas para avanzar en este proceso revocatorio.

Este proceso revocatorio surge debido al descontento de la población  ante una serie de medidas adoptadas por el alcalde José Luis Fábrega.

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Entre las motivaciones el abogado Roberto Ruiz Díaz, indicó que si bien son muchas, las más conocidas   está la  falta de transaprencia, falta de consulta ciudadana y abandono de otros proyectos.

El jurista considera que este proceso genera un precedente, porque se espera que la ciudadanía despierte y vea que así como tiene el poder de elegir puede revocarle el mandato a sus autoridades.

Si bien el alcalde José Luis Fábrega ha apelado a una demanda de inconstitucionalidad, el abogado Roberto Ruiz Díaz recordó que ya hay un fallo de 1998 que sustenta esta materia.

Hay lugares donde no se puede recoger firmas entre ellos están las iglesias, bares, cantinas, oficinas públicas. Todo ciudadano que vaya a firmar debe tener su cédula vigente.

La legislación panameña permite la revocatoria de mandato mediante iniciativa ciudadana de los alcaldes a nivel nacional, representantes y diputados electos por la vía de la libre postulación.

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