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¿Quiénes podrán o no votar en las elecciones del 5 de mayo de 2024?

Los ciudadanos que no han ejercido el derecho al sufragio en tres elecciones generales consecutivas y que, además, en ese periodo, no hayan hecho ningún trámite ante las dependencias del Tribunal Electoral, de conformidad con el artículo 25 del Código Electoral, serán excluidos del padrón electoral.

Alberto Pinto - Actualizado:

Quienes no gocen de sus derechos civiles y políticos no podrán votar el 5 de mayo de 2024. Foto: Grupo Epasa

Conocida la fecha de las próximas elecciones generales y las reglas de estos comicios, surge la pregunta: ¿Quiénes pueden y quienes no votar en esos comicios?.

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Tanto en el Código Electoral como en la reglamentación de las elecciones se establece claramente quiénes pueden y quiénes no votar el 5 de mayo de 2024.

Se establece que todos los ciudadanos que estén en el padrón electoral final tienen el derecho y el deber de votar en la Elección General del domingo 5 de mayo de 2024.

Recordando que el voto es libre, igual, universal, secreto y directo, se destaca que para votar se requiere: Ser ciudadano panameño, aparecer inscrito en el padrón electoral final de la mesa, presentar la cédula de identidad personal vigente y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

A partir del 20 de enero de 2023, en la página web del Tribunal Electoral se publicará la lista de los electores que han sido excluidos del padrón electoral preliminar, por no haber ejercido el derecho al sufragio en tres  elecciones generales consecutivas y que, además, en ese periodo, no hayan hecho ningún trámite ante las dependencias del Tribunal Electoral, de conformidad con el artículo 25 del Código Electoral.

Hasta el 31 de diciembre de 2023, el Tribunal Electoral excluirá del padrón electoral final a las personas fallecidas de cuya defunción recibiera las pruebas pertinentes; y aquellos que tengan suspendidos sus derechos ciudadanos o políticos por sentencia ejecutoriada, cuya prueba sea recibida oportunamente en el Tribunal Electoral. También se excluirá del padrón electoral final a todas las personas que se hayan registrado en el RERE y en el REVA.

Para la Elección General del 5 de mayo de 2024, el Tribunal Electoral preparará y publicará un padrón electoral preliminar y un padrón electoral final. El padrón electoral preliminar corresponde al registro de electores de todas las circunscripciones, vigente al 5 de enero de 2023, que se publicará en el Boletín Electoral el 20 de enero de 2023, con el fin de que sea objeto de impugnaciones para su depuración final para la elección general.

El padrón también incluirá a los menores de edad que cumplan 18 años hasta el 5 de mayo de 2024; y será de acceso público para consulta individual por número de cédula, a través de la página web del Tribunal Electoral y de un aplicativo para celular desarrollado por éste; y la información allí contenida será exclusiva para verificar la correcta inclusión de los electores en la circunscripción donde les corresponde votar, por lo que no puede ser compartida, cedida o vendida ni copiada para uso propio o de terceros, y tampoco se podrá bajar esta información para crear una base de datos propia o de un tercero, independientemente de cuál sea el medio que se vaya a utilizar.

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El padrón electoral final contendrá las correcciones hechas al padrón electoral preliminar, con base en las solicitudes, reclamaciones e impugnaciones de los ciudadanos y en las impugnaciones que establece el artículo 30 del Código Electoral. Este padrón final estará dividido por circunscripción, centro de votación y número de mesas de votación, en atención a la residencia electoral de cada elector; y se emitirá, a más tardar el 5 de febrero de 2024, es decir, tres meses antes de las elecciones.

Tanto el padrón electoral preliminar como el final se emitirán con el nombre, número de cédula e imagen del rostro de los electores.

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