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Sociedad / Arrendatarios de áreas revertidas tendrán opción de compra

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Arrendatario / Casa / Panamá / Proyecto de ley / Unidad Administrativa de Bienes Revertidos

Sociedad

Arrendatarios de áreas revertidas tendrán opción de compra

Actualizado 2020/10/03 07:37:32
  • Tharyn Jiménez
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  • tjimenez@epasa.com
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Alrededor de 400 familias se establecieron en estas áreas, tras la firma de los tratados Torrijos-Carter y llevan años viviendo como inquilinos al no contar con los requisitos para adquirir una vivienda.

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Personas de clase media o media baja llegaron a las áreas desde hace más de 40 años.

Personas de clase media o media baja llegaron a las áreas desde hace más de 40 años.

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Tras un año de haberse prohijado en la Asamblea Nacional, el proyecto de ley 69 que regula la primera opción de compra de viviendas arrendadas en las áreas revertidas, en beneficio de las personas que por años han vivido del alquiler de ese bien inmueble, se logró la aprobación de esta propuesta en segundo debate.

Este es un proyecto de ley que surge de la iniciativa de los residentes de los sectores populares del área de Ancón, en conjunto con la junta comunal de este corregimiento que incluye Paraíso, Pedro Miguel, parte de Balboa y algunos sectores aledaños a Gamboa que está bajo la jurisdicción de la provincia de Colón.

El diputado Crispiano Adames destacó que es un proyecto que busca ayudar a alrededor de 400 familias de estas áreas revertidas y que merecen justicia, ya que la mayoría de su vida han vivido arrendados en estas residencias.

Explicó que cuando estas personas de clases media o media baja llegaron a las áreas revertidas lo hicieron con un canon de arrendamiento relativamente bajo y que se han mantenido dentro de la realidad de la gestión de su arrendamiento.

"Al procurar tener la primera opción de compra la misma se hará en base a la realidad histórica de haber vivido desde inicio el proceso de reversión en esas áreas, siendo familias de escasos recursos y que no pueden acomodarse al valor del mercado que tienen en la actualidad las residencias en este área distinguida", enfatizó el diputado.

Resaltó que si se va a los requerimientos actuales de mercado, para estas familias se propiciaría un proceso de expropiación, porque no tendrían la capacidad de sustentar el nivel de compra de las viviendas en donde han residido por muchos años desde cuando se creó la antigua Autoridad de la Región Interoceánica (ARI), la cual dispuso inicialmente el arrendamiento de esas áreas.

Enfatizó que conversaciones durante varios meses con el secretario ejecutivo de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, Fernando Paniagua, con representantes del MEF y de la Contraloría General de la República para ver el concepto de los avalúos de Estado, se llegó al acuerdo de modificar algunos artículos y eliminar incluso uno de ellos para darle la consonancia a la posición que tiene el MEF y la UABR, con base al interés social de esas 400 familias en estos sectores.

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El precio de venta de la vivienda se fijará de manera equitativa y justa, tomando en cuenta el criterio social y los aspectos que aplica el Estado para los avalúos.

El descuento que se le aplique al precio de venta no podrá superar el cincuenta por ciento del valor del mercado del bien.

Los criterios para los descuentos serán determinados dependiendo del tiempo: 10 años o más de ocupación del bien inmueble por el arrendatario tendrán un 25% de descuento del precio del inmueble, de 5 a 9 años de ocupación el 15%, si el ingreso económico del arrendatario es de menos de mil 300 balboas el descuento sería del 10%.

Serán beneficiados con el 10% quienes tengan familiares con discapacidad que residan en la vivienda.

En el caso de las personas que no quieran comprar, se buscará mantener el canon de arrendamiento actual por un término de 5 años, para que se proceda a legalizar a los ocupantes de los bienes revertidos que se encuentran destinados exclusivamente a vivienda.

VEA TAMBIÉN: Superintendencia de Bancos establece reglas para el tratamiento de los créditos modificados

La propuesta también establece que la legalización no aplica para los casos de intrusos de las viviendas, los cuales actualmente están siendo procesados ante las autoridades policiales o judiciales.

Detalla además que el valor de la vivienda será el que resulté del promedio entre los avalúos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría General de la República.

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