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Sociedad / Conozca quiénes pueden pedir subsidios al Estado para alquiler o compra de vivienda por urgencia

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Coronavirus / Coronavirus en Panamá / COVID-19 / Cuarentena / Ministerio de Vivienda / Miviot / Pandemia / Subsidio

Coronavirus en Panamá

Conozca quiénes pueden pedir subsidios al Estado para alquiler o compra de vivienda por urgencia

Actualizado 2020/06/18 06:43:35
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

Y a pesar de que no hace referencia alguna a la pandemia de COVID-19, el Reglamento habla de eventos ajenos a la voluntad del hombre y necesidades urgentes, como ha sido calificada la crisis generada por este virus.

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Con frecuencia se registran protestas públicas exigiendo viviendas.

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El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), reglamentó los subsidios por contingencia y las subvenciones extraordinarias por causas fortuitas o razones de fuerza mayor, justo en momentos en que muchas familias enfrentan problemas habitacionales por la pandemia de COVID-19 e inundaciones.

Los subsidios que ofrece el Miviot involucran la adquisición de una vivienda construida por esta institución y para el alquiler por necesidad social comprobada de una propiedad financiada por el Estado.

Los eventos que cubren son: terremoto, incendios, inundaciones, vendavales y cualquier otro fenómeno natural o ajeno a la voluntad del hombre, así como "necesidades urgentes".

Y a pesar de que no hace referencia alguna a la pandemia de COVID-19, el Reglamento habla de eventos ajenos a la voluntad del hombre y necesidades urgentes, como ha sido calificada la crisis generada por este virus.

El Reglamento establece que no podrán optar por estos subsidios las personas que mantengan inscrita otra propiedad en el Registro Público, diferente a la afectada, los extranjeros que no certifiquen su estatus migratorio como naturalizado o residente permanente en Panamá y los que hayan recibido ya una solución habitaciones mediante albergue, hoteles o una vivienda definitiva.

Se cancelará la ayuda cuando se compruebe que hubo falsedad en la documentación presentada y cuando seis meses después del primer pago desaparece la necesidad.

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'

 

También se pierden estos subsidios  por su uso con fines ilícitos o distintos a los pactados, cuando se agreda verbal o físicamente a algún funcionario del Miviot, a los que sean detenidos o condenados y  por la muerte del titular, entre otras causas.

La Dirección Nacional de Desarrollo Social del Miviot tendrá la obligación de establecer los montos mínimos y máximos por familia y deberá poner en conocimiento de las autoridades competentes cualquier irregularidad que detecte. Cada seis meses se revisará el subsidio y su prórroga debe estar sustentada en un informe.

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