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Multas de hasta $100 mil y el cierre de locales comerciales por no usar mascarillas

Esta norma plantea que las personas naturales y jurídicas que violen el Código Sanitario o las normas de salud pública que sean emitidas serán sancionadas con amonestación, multas de entre $10 y $100 mil, suspensión temporal de las actividades que realiza, clausura del establecimiento y decomiso de mercancía.

Redacción | nacion.pa@epasa.com | @panamaamerica - Actualizado:

Hay personas que insisten en no utilizar las mascarillas.

Las personas que a partir de hoy, miércoles 3 de junio, no tengan puesta su mascarilla en lugares públicos podrían ser sancionadas con multas que ascienden hasta los $100 mil y si es una empresa, corre el riesgo de ser cerrada.

Versión impresa

Ayer se promulgó en la Gaceta Oficial la Resolución 1420 del Ministerio de Salud (Minsa) que hace obligatorio, a partir de hoy, el uso de mascarillas para nacionales y extranjeros y dicta sanciones para quienes incumplan la medida.

La Resolución señala que las infracciones a esta disposición se sancionarán en base a lo que establece la Ley 66 de 10 de noviembre de 1947, modificada por la Ley 40 de 16 de noviembre de 2016.

Esta norma plantea que las personas naturales y jurídicas que violen el Código Sanitario o las normas de salud pública que sean emitidas serán sancionadas con amonestación, multas de entre $10 y $100 mil, suspensión temporal de las actividades que realiza, clausura del establecimiento y decomiso de mercancía.

Precisa que la suspensión de las actividades a las personas naturales o jurídicas será mientras subsista el problema de salud pública y el cierre de los comercios podría ser temporal o permanente.

VEA TAMBIÉN: Minsa tomará acciones en los corregimientos con altas cifras de COVID-19

Y para quienes se nieguen a pagar la multa, esta norma legal establece la jurisdicción coactiva, que se hará a través de un juez ejecutor.

Se le aplicarán sanciones mayores, con agravantes, a las personas o empresas que violen más de una norma sanitaria.

El Ministerio de Salud indica que adopta estas medidas para garantizar el cumplimiento de los protocolos establecidos para la ejecución de la "nueva normalidad" y la apertura del bloque comercial 2.

Recuerda que las medidas sanitarias se deben aplicar en los lugares públicos, los centros de trabajo y las demás actividades que involucren la movilización de personas y el contacto físico.

Las normas legales que sustentan las sanciones a quienes no porten mascarillas son suceptibles a recursos de reconsideración o apelación.

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