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Sociedad / Ponen en freno a extranjeros que conducen taxis ilegalmente en Panamá

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ATTT / Extranjeros / Taxistas / Transporte selectivo

Sociedad

Ponen en freno a extranjeros que conducen taxis ilegalmente en Panamá

Actualizado 2020/04/16 17:31:40
  • José Chacón
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  • jchacon@epasa.com
  •   /  

Las licencias tipo E son exclusivas para ciudadanos panameños que hayan cumplido los 25 años de edad; la norma entró en vigencia ayer miércoles.

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Las licencias de conducir son expedidas por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT). Foto: Panamá América.

Las licencias de conducir son expedidas por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT). Foto: Panamá América.

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Tras la promulgación en la Gaceta Oficial N° 29003A de la Ley 146 de 15 de abril de 2020, entró en vigencia, ayer miércoles, la norma que impide que ciudadanos extranjeros puedan trabajar taxistas en Panamá.

La norma, en su primer artículo, permite a los extranjeros, residentes en este país, obtener una licencia de conducir, a partir de los 18 años de edad, no obstante, deja claro que, bajo ningua circunstancia, estas personas tengan permiso para prestar el servicio de transporte selectivo o de taxis amarillos, como se le conoce popularmente.

Según el artículo 4 de la nueva ley, toda persona que desee optar por una licencia de conducir tipo E1, E2 y E3 "los aspirantes deben ser panameños" y haber cumplido los 25 años de edad, entre otros requisitos.

La licencia tipo E1 se refiere a taxistas, la E2, a choferes de autobuses de transporte público hasta de deiciséis pasajeros y la tipo E3 para conductores autobuses del trásporte público de más de dieciséis pasajeros.

Cabe señalar que además se fijó un mínimo de 25 a años de edad para quienes quieran sacar alguna de esas tres licencias.

La norma anterior también exigía haber cumplido los 25 años de dad para acceder a una licencia de ese tipo, pero ocurría que en el sector selectivo habían extranjeros conduciendo taxis y panameños de entre 20 y 24 años violando la norma.

Los extranjeros tampoco pueden aspirar a liciencias tipo J, que es la que se exige a los conductores de autobuses de transporte colectivo de pasajeros de empresas públicas.

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Pero las restricciones solo abarca las licencias para prestar servicio de transporte público ya que los extranjeros tienen derecho a obtenter licencias para conducir bicicletas, motocicletas, automóviles, camionetas, camiones y otros.

Por último, este proyecto de lay había sido aprobado en tercer debate en la Asamblea Nacional desde finales de enero pasado.

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