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¡Por inconveniente! Ejecutivo podría vetar uso obligatorio de sillas de retención infantil

Su proponente, la diputada Yarelis Rodríguez, solicitó al presidente no aprobar la ley.

Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Normativa excluye a buses colegiales. Foto: Ilustrativa / Freepik

Tras la diversidad de opiniones que ha generado la aprobación de la ley 52 que establece el uso obligatorio de sillas de retención infantil en vehículos particulares, el presidente José Raúl Mulino anunció que se encuentra haciendo un análisis exhaustivo de la misma y no descarta vetarla por inconveniente.

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“No creo que esa ley lleve mi aprobación, le he pedido al abogado que la analice bien porque lo más seguro es que sea vetada por inconveniente”, dijo.

La propuesta legislativa ha sido catalogada por los ciudadanos como “incongruente” debido a que no aplicará a colegiales, taxis y transportes comerciales en donde también se movilizan menores de edad y pueden sufrir accidentes de tránsito.

Opinión con la que parece coincidir el mandatario al mencionar que no hace sentido que se trate de forzar a los automóviles privados a cumplir con esta disposición cuando los busitos colegiales, que son los que más infantes transportan, no tendrán que hacerlo.

Ante las críticas, su proponente, la diputada Yarelis Rodríguez, solicitó al Ejecutivo no sancionar la ley No. 52, pues aunque la intención del proyecto es salvaguardar la integridad física de los menores, entiende que la situación económica actual no permitirá a los padres realizar esta inversión.

“Quiero pedirle al presidente de la República que, por favor, no apruebe esta ley de uso obligatorio de las sillas de retención”, subrayó.

El proyecto establece que los niños con una estatura menor a 135 centímetros deben viajar asegurados en una silla de retención infantil ubicada en los asientos traseros del vehículo.

Rodríguez había utilizado como sustento de esta propuesta un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que indica que estas sillas reducen el riesgo de muerte y lesiones graves en un 70%.

Además, establecía sanciones de hasta 500 dólares y suspensión de la licencia por 3 meses para quienes incumplieran dicha disposición.

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