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Sociedad / Un 33% del transporte público debe ser reemplazado por vehículos eléctricos

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Energías renovables / Ley / Movilidad Eléctrica / Panamá / Transporte

Panamá

Un 33% del transporte público debe ser reemplazado por vehículos eléctricos

Publicado 2022/04/26 06:15:00
  • Miriam Lasso
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Las prestatarias y concesionarias tendrán que cumplir con el porcentaje mínimo de introducción de vehículos eléctricos y el incumplimiento de esta disposición producirá la cancelación del certificado de operación.

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Panamá inicia transición hacia la movilidad eléctrica. Foto: Archivos

Panamá inicia transición hacia la movilidad eléctrica. Foto: Archivos

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A partir del año 2025, los autos de instituciones públicas y de transporte colectivo y selectivo deben cambiar gradualmente a vehículos eléctricos, luego que el presidente de la República, Laurentino Cortizo sancionara la Ley 295 de 25 de abril de 2022, que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrerstre.

Las flotas del transporte masivo y certificados de transporte público colectivo y selectivo tendrán que ser reemplazadas en un 33% por vehículos eléctricos al 2030.

Las prestatarias y concesionarias tendrán que cumplir con el porcentaje mínimo de introducción de vehículos eléctricos y el incumplimiento de esta disposición producirá la cancelación del certificado de operación.

Para el 2025, las flotas vehiculares colectivos y selectivos deber ser reemplazadas en un 10%  por vehículos eléctricos, 20% para el 2027 y un 33% al 2030. 

La Ley que establece el uso de energía renovable como herramienta de transición energética en el transporte terrestre, también establece el reemplazo en un 40% de la flota vehicular de las entidades autónoma y semiautónomas.

En cuanto a los mecanismos de incentivos, la Ley que ya fue publicada en Gaceta Oficial, ordena a los municipios gestionar la exoneración del pago de trámite de placa de circulación vehicular por un periodo de cinco años desde la compra del vehículo eléctrico nuevo y para los vehículos adquiridos con anterioridad a la ley.

En cuanto a la tarifa del impuesto selectivo al consumo para los otros bienes gravados, establece para los vehículos automotores terrestres eléctricos en la partida arancelaria 87.03, un 0% hasta el 31 de diciembre de 2030 y 5% a partir de 1 de enero de 2031 y para los vehículos automotores terrestres híbridos en la partida arancelacia 87:03 un 10%.

Con la entrada en vigencia la nueva Ley de Movilidad Eléctrica en Panamá, las instituciones públicas, centros comerciales y proyectos inmobiliarios tendrán que habilitar estacionamientos preferenciales para vehículos eléctricos, los cuales contarán con distintivos y señalizaciones de color verde. 

VEA TAMBIÉN: Urgen descentralización del sector eléctrico para generar energía limpia en Panamá

En tanto, los Municipios, a través de sus organismos correspondientes, incluirán la instalación de estaciones de carga de vehículos eléctricos entre los requisitos para la expedición de permisos de construcción de edificios residenciales, comerciales e instalaciones públicas.

La energía destinada a la recarga de vehículos eléctricos no será subsidiada por los Fondos de Estabilización Tarifaria.

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Entre el 2015 y 2021, Panamá incrementó en un 97% la venta de vehículos eléctricos, señaló el secretario de Energía, Jorge Rivera Staff.

La cantidad de cargadores para vehículos eléctricos pasó de 11 instalados en el 2019 a 94 para los primeros meses del 2022, señaló el funcionario durante el conversatorio Energía Renovable: Factor Determinante para el cambio de la Matriz Energética de Panamá y su Desarrollo Sostenible.

“Esta nueva ley está alineada con la estrategia energética del Gobierno de migrar hacia fuentes de energía menos contaminantes, política que hoy cobra mayor importancia con el alza de los precios de hidrocarburos sujetos a factores geopolíticos, factores externos”, dijo el presidente de la República, Laurentino Cortizo. 

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