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Sociedad / Uso del cannabis medicinal es un tema casi de seguridad nacional en Panamá

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Cannabis medicinal / Ministerio de Seguridad Pública / Minsa / Panamá / Proyecto de ley

Panamá

Uso del cannabis medicinal es un tema casi de seguridad nacional en Panamá

Actualizado 2021/10/15 07:42:15
  • Redacción Nación
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

La Dirección de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud supervisará de cerca el uso, cantidad y frecuencia de las dosis de cannabis medicinal por pacientes comprobados, mientras que el Ministerio de Seguridad Pública fiscalizará que no se desvíe la actividad hacia delitos.

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El uso del cannabis medicinal es un tema casi de seguridad nacional. No cualquiera tendrá acceso y habrá un estricto control mediante un registro de pacientes y la supervisión del Ministerio de Seguridad Pública.

El Ejecutivo sancionó el miércoles el proyecto de ley 153, que regula el uso terapéutico del cannabis y sus derivados, luego de años de lucha y espera por parte de los grupos que exigían la aprobación de esta norma legal.

Y el registro de pacientes deberá cumplir con estrictos requerimientos como la certificación del médico tratante y la información pormenorizada de la enfermedad que sufre, las dosis que requiere y la regularidad con que se aplica.

Y para ejercer un control sobre el uso de estos productos, el Ministerio de Seguridad Pública, a través de la Oficina de Estrategias y Seguimiento a la Seguridad Nacional, expedirá las licencias para su importación, exportación, comercialización y uso de semillas de cannabis para su siembra y cultivo con el fin de tener un estricto uso medicinal.

Las empresas que logren una licencia de esta naturaleza deberán tener solvencia moral y económica, garantizar que la actividad relacionada con el cannabis no sufrirá desvíos, abusos o conductas ilegales.

Para garantizar estas exigencias, las autoridades estarán en capacidad de acceder a sus libros financieros con el fin de supervisar sus actividades.

"Los establecimientos farmacéuticos privados y los establecimientos de salud pública deberán abastecerse de laboratorios certificados con licencia de fabricación de derivados de cannabis en Panamá o en el país de origen de la importación. Se prohíbe la comercialización a domicilio o vía internet, así como la comercialización o venta de los preparados farmacéuticos en tiendas naturistas, consultorios profesionales y fuera del establecimiento farmacéutico autorizado y certificado", plantea el artículo 16 del proyecto que será ley de la República una vez sea promulgada en Gaceta Oficial.'

1923


año en que el estado de California prohibió su uso y ahora lo autoriza.

73


artículos tiene el proyecto que se convertirá pronto en ley de la República.

Siembra en Panamá

Y el proyecto también incluye una licencia para el uso de semillas y cultivo de plantas de cannabis en Panamá.

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Esta licencia incluye desde la "importación, adquisición de semillas y/o plántulas de cannabis, siembra, propagación, cultivo, cosecha, pos cosecha, así como actividades de almacenamiento, transporte, exportación y disposición final de semillas, plántulas, plantas, flores de cannabis".

Las empresas que soliciten este tipo de licencias serán esculcadas por el Ministerio de Seguridad Pública, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

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La próxima ley de la República establece claramente que "los productos derivados del cannabis medicinal cultivados en el territorio nacional estarán sujetos a un estricto sistema de control y vigilancia por parte del Ministerio de Seguridad".

Y el cannabis no podrá cultivarse en cualquier área del país. Será el Estado el que definirá dónde y prohibirá categóricamente que la siembra y cultivo se realice en lugares protegidos declarados por la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad del Ministerio de Ambiente.

Tampoco se concederán licencias en áreas que hayan sido declaradas de uso ilegal con anterioridad por parte de las autoridades.

"Todas las fases del cultivo del cannabis se llevarán a cabo en áreas designadas, bloqueadas y de acceso limitado, monitoreadas por un sistema de cámaras de vigilancia".

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Todas las semillas para siembra y plantas de cultivo de cannabis deberán contar con el previo concepto del Ministerio de Seguridad, en cumplimiento de las normas fitosanitarias establecidas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Serán rastreadas

Cada empresa que reciba una licencia deberá implementar un sistema o plataforma de rastreo electrónico accesible a la respectiva autoridad de control.

Este sistema estará compuesto por aparatos para la trazabilidad de semillas y plantas de cannabis utilizables en cualquier fase de desarrollo como la propagación, la vegetación y la floración y almacenaje para reflejar las necesidades proyectadas de producción y venta.

Además, se deberá realizar un monitoreo de derivados desde su fase de importación y cosecha al procesamiento y fabricación, almacenamiento, transporte, exportación y comercialización del cannabis medicinal.

Los beneficiarios de las licencias están obligados a registrar la cantidad de cannabis medicinal vendido por un cultivador/ fabricante, el precio y la cantidad comprada por cada establecimiento farmacéutico autorizado.

Igualmente, tendrá que registrar la cantidad total y el valor en dólares del cannabis medicinal vendido por cada establecimiento farmacéutico durante el período correspondiente.

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El beneficiario que no cumpla con estas exigencias perderá su licencia.

Las autoridades competentes podrán realizar inspecciones sin previo aviso de las instalaciones para buscar la información necesaria sobre procedimientos de funcionamiento, manejo y control.

Las inspecciones serán efectuadas por las entidades involucradas en todo el proceso relacionado con el cannabis en Panamá, mediante el apoyo de la Policía Nacional.

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