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Arbitraje de huelga en PSA fue ilegal afirma el Sitrasecapot

El Tribunal Superior de Trabajo declaró inconstitucional el arbitraje impuesto por la Dirección Regional de Trabajo de Panamá Oeste; sindicato reacciona.

Redacción / economía@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial declaró también ilegal la huelga en el puerto de Panamá International Terminal S.A. (PSA). Foto: Archivos

El Tribunal Superior de Trabajo declaró inconstitucional el arbitraje impuesto por la Dirección Regional de Trabajo de Panamá Oeste que, el 2 de junio de 2023, afectó el derecho a huelga de los trabajadores portuarios, en la empresa Panamá International Terminal, PSA, en el Puerto de Rodman, señaló el Sindicato Industrial de Trabajadores de Servicios de Carga Portuaria y Terrestre, SITRASECAPOT.

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El fallo del tribunal, que ha dado a conocer públicamente el sindicato de Trabajadores, explica que el servicio de carga que explota PSA, no es un servicio público, porque la categoría de servicio público sólo se aplica al transporte terrestre, aéreo y marítimo de personas (no de carga), según el Decreto Ejecutivo No.132 de 2010.

El fallo también alega lo establecido por el Comité de Libertad Sindical, de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, que en sus pronunciamientos ha manifestado que la actividad portuaria, no constituye un servicio público, comentó Convergencia Sindical. 

La sentencia judicial del 26 de septiembre, deja claro que SITRASECAPOT cumplió con todo el proceso del Código de Trabajo, culminó la conciliación y ejerció el derecho humano y laboral a la huelga.

"Este derecho fue vulnerado por la acción del Ministerio de Trabajo, en contra del espíritu y el texto de la ley nacional (artículos No. 32 y 69 de la Constitución) y de los convenios internacionales suscritos por Panamá", indicó el sindicato. 

El pasado mes de junio, los trabajadores de la Empresa PSA Panamá International Terminal Puerto de Rodman declararon una huelga indefinida ante la falta de acuerdo en el marco del pliego por violaciones al Convenio Colectivo de Trabajo.

No obstante, el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial declaró también ilegal la huelga en el puerto de Panamá International Terminal S.A. (PSA), un duro golpe para los sindicalistas del sector portuario, ya que se les advirtió sobre las graves repercusiones de paralizar una terminal que sirve al comercio mundial, siendo catalogada como un "servicio público".

Este Tribunal emitió un fallo confirmatorio respaldando la decisión emitida por el Juzgado Primero de Trabajo, sentencia No. 48 del 23 de agosto de 2023, que ya había declarado ilegal la huelga convocada por el Sindicato Industrial de Trabajadores del Servicio de Carga Portuaria y Terrestre (Sitrasecapot) en contra de PSA Panama International Terminal S.A.

La resolución del tribunal estableció que la huelga, que fue erróneamente validada por el Ministerio de Trabajo, no cumplió con los requisitos para ser considerada legal. Esta decisión se basa en un análisis detallado de los argumentos presentados por ambas partes, respaldándose en la normativa laboral vigente.

Derechos LaboralesEl SITRASECAPOT también denuncia supuesto abuso de autoridad del Ministerio de Trabajo, tildó de falso el discurso de los voceros de PSA y las manipulaciones de su firma de abogados.

El sindicato de trabajadores portuarios insistió en que existe una intención de desconocer los derechos de los trabajadores.

Tanto el SITRASECAPOT como Convergencia Sindical han llamado a los trabajadores en PSA a continuar movilizados en defensa de todos sus derechos y justas reivindicaciones, así como a la solidaridad de la clase trabajadora portuaria.

 

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