Panamá
Caso Darién: Registro Público no puede anular un título
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El director de la institución comentó que esta sociedad se encuentra suspendida y el folio no tiene ningún tipo de actividad.
El director del Registro Público, Bayardo Ortega, recalcó este lunes que la anulación de la vieja concesión administrativa para la explotación petrolera en Darién no le corresponde a esta institución.
"La anulación de un título debe ser a través de una autoridad competente porque realmente nosotros estamos limitados en ese sentido", dijo el funcionario.
En este sentido, Ortega agregó que el registrador no puede anular un título que se encuentre inscrito por una concesión, sino que debe ser una autoridad judicial.
Ortega destacó que la concesión administrativa a favor de la empresa Sinclair Oil Panama data de 1923, cuando a través de la Secretaría de Hacienda y Tesoro se otorgaron 323,000 hectáreas.
"Sin embargo esta sociedad se encuentra suspendida y este folio no tiene ningún tipo de actividad posterior a la fecha en la que se emitió dicha concesión y tampoco se llevó a la práctica la explotación", añadió.
De acuerdo con el funcionario, la semana pasada solo se emitió un certificado, una práctica común entre los datos inscritos en la institución.
Ortega puntualizó que el certificado tiene al final la narrativa de cómo se originó el proceso y las posteriores actualizaciones.
Precisó que las conjeturas que la población saque en torno a este certificado no son responsabilidad del Registro Público, que solo las emite.
El jefe del Registro Público dijo que la población puede estar tranquila con respecto a que en este momento no se realizará ninguna explotación petrolera en la zona.
Sus aclaraciones se dan luego de que el certificado de la concesión circulara en redes sociales y se diera por hecho que se iba a extraer petróleo de Darién.
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