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Entra en vigencia las modificaciones a la Ley del historial de crédito

Hasta la fecha, la Acodeco sancionó a 23 agentes económicos en primera instancia, por incumplimiento del historial de crédito, con una cuantía total de 36 mil 600 dólares.

Redacción Economía | economia.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo al grado de intencionalidad. Archivo

Desde el 1 de abril de 2021 entró a regir la Ley 195 del 31 de diciembre de 2020, por la cual se modifica la Ley 24 de 2002 que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes.

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Entre los cambios que se establecieron están: los agentes económicos están obligados a reportar los arreglos de pago que hayan sido acordados con sus clientes; cuando el consumidor o cliente suscribe un arreglo de pago, el agente económico deberá, luego de los 6 meses de haber cumplido con dicho arreglo, actualizar el historial numérico; se permite la autorización digital de solicitudes y trámites relacionadas con el historial de crédito, siempre que se utilicen métodos de verificación de identidad que comprueben de manera efectiva que la persona que otorga el consentimiento es la misma.

Otras modificaciones es que las referencias de crédito prescribirán a los 5 años, contados a partir del último pago realizado por el cliente o consumidor y, de no hacerlo en la fecha en que debió realizarse el primer pago de la obligación; cuando un consumidor o cliente cancele una deuda al agente económico, este en coordinación con la agencia de información de datos deberá actualizar la información.

Dicha actualización deberá hacerla durante los 3 días hábiles siguiente al pago, de no realizarla, se considera una falta grave y la Acodeco aplicará las sanciones establecidas.

Los agentes económicos que incumplan por primera vez serán sancionados con una amonestación escrita, la segunda vez se le aplicará una multa de mil a 5 mil dólares, de existir reincidencia en estas infracciones, serán sancionadas con multa de 5 mil dólares con un centésimo a $10 mil.

La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo al grado de intencionalidad, a la reincidencia y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y culpabilidad presentes en la concreta situación infractora.

La Acodeco sancionará el desacato o desobediencia a las órdenes de hacer o no, emitidas a través de resoluciones, con multas de $500 a mil dólares.

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Este año hasta la fecha, la Acodeco sancionó a 23 agentes económicos en primera instancia, por incumplimiento del historial de crédito, con una cuantía total de $36,600.

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