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Economía / Gobierno Nacional reglamenta Ley del Teletrabajo y sanciona modificación al Programa de Alimentación para los Trabajadores

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Panamá América Panamá América Jueves 09 de Abril de 2026
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Gobierno / Mitradel / Panamá / Teletrabajo

Coronavirus en Panamá

Gobierno Nacional reglamenta Ley del Teletrabajo y sanciona modificación al Programa de Alimentación para los Trabajadores

Actualizado 2020/09/16 17:09:55
  • Yessika Valdes
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  • yvaldes@epasa.com
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Se acordaron nueve de los diez puntos abordados en la Mesa del Diálogo por la Economía y el Desarrollo

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Los accidentes de trabajo y riesgos profesionales, reversibilidad, controversias y equipo o herramienta de trabajo/adecuaciones fueron algunos de los temas acordados.

Los accidentes de trabajo y riesgos profesionales, reversibilidad, controversias y equipo o herramienta de trabajo/adecuaciones fueron algunos de los temas acordados.

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Este miércoles el presidente de la República, Laurentino Cortizo firmó el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 126 del 28 de febrero de 2020, que crea el Teletrabajo y además sancionó la ley que modifcó la Ley 59 del 7 de agosto de 2003, que crea el Programa de Alimentación para los Trabajadores.

Los elementos reglamentados en la ley son: modalidad de teletrabajo, lugar de trabajo, jornadas extraordinarias, registro laboral, instrucción del empleador.

Otros de los temas aprobados fue los accidentes de trabajo y riesgos profesionales, reversibilidad, controversias y equipo o herramienta de trabajo/adecuaciones.

Sobre el tema de los costos y gastos de servicios, no establecidos en al Ley, se determinó que debe ser parte de la negociación entre el trabajdor y el empleador y debe establecerse en el contrato o adenda de contrato.

El texto íntegro fue el resultado de la Comisión Tripartida conformada como parte de los acuerdos  de la Mesa de Diálogo, en la que las partes aclararon algunos conceptos de la ley.

En cuanto a la modificación al Programa de Alimentación para los Trabajadores se acordó aumentar el monto máximo del vale del trabajador de $350 a $ 500, además beneficiar a cualquier trabajador, indistintivamente de las condiciones de su contratación.

Otro de los temas aprobados fue ampliar el alcance del uso de los vales alimenticios a supermercados, farmacias, compra de últiles escolares, servicios de salud, laboratorios, pagos de servicios educativos entodos los niveles, desde centros Integrales de Atención de la Primaria Infancia (Caipi) hasta universidades.

El documento además destaca que los trabajadores con salarios mensuales de hasta 916 dólares serán los beneficiados con los vales de alimentación que cada empleador entregará de manera voluntaria a sus colaboradores, sin que estos representen el pago de sus salario, sino incentivos laboral.

VEA TAMBIÉN: Crean subcomisión para discutir el proyecto de ley 424 sobre la APC

Con la sanción de la Ley que modifica el Programa de Alimentación para los Trabajadores y la reglamentación del Teletrabajo se cumple con la oficialización de los 23 acuerdos de la Mesa de Diálogo por la Economía y el Desarrollo, que se realizaron mediante: Ley 157 de protección de Empleo, la Ley que modifica el Programa de Alimentación, el Decreto Ejecutivo que reglamenta el Teletrabajo y el Decreto Ejecutivo 101, sobre las jornadas laborales.

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