Skip to main content
Trending
RM rechaza reelección de los cargos de presidente de la Corte y Sala Penal'Reestablecer el orden democrático', piden seis países latinoamericanos a VenezuelaEl fenómeno de los muñecos Labubu tendrá película dirigida por el británico Paul KingColón: analizan el cambio climática y su efecto en la agriculturaBrasil pasa la presidencia del Mercosur a Paraguay
Trending
RM rechaza reelección de los cargos de presidente de la Corte y Sala Penal'Reestablecer el orden democrático', piden seis países latinoamericanos a VenezuelaEl fenómeno de los muñecos Labubu tendrá película dirigida por el británico Paul KingColón: analizan el cambio climática y su efecto en la agriculturaBrasil pasa la presidencia del Mercosur a Paraguay
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Judicial / Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional la apropiación privada de rellenos de bienes de uso público

1
Panamá América Panamá América Domingo 21 de Diciembre de 2025
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Corte Suprema de Justicia / Fallos / Inconstitucionalidad / Panamá / Playas

Panamá

Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional la apropiación privada de rellenos de bienes de uso público

Actualizado 2021/06/25 06:05:11
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia advierten que esto equivale a que los diputados declaren legal en el futuro que el Estado pueda vender ríos y otros afluentes, así como áreas naturales protegidas.

Durante años ha habido polémica por propiedades a orillas de playa en todo el país Foto: Archivo

Durante años ha habido polémica por propiedades a orillas de playa en todo el país Foto: Archivo

Noticias Relacionadas

  • 1

    Ciudad de Panamá, en la lista de las urbes más estresantes de América y del mundo para vivir

  • 2

    Panamá Solidario: ¿Qué cursos ofrecerá el Inadeh y cuándo abren las inscripciones?

  • 3

    Vale digital: Juntas comunales desconocen mecanismo que se empleará a beneficiarios durante servicio comunitario

Por mayoría, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la apropiación privada de rellenos sobre bienes de usos públicos.

El Pleno tachó de inconstitucional el artículo 2-A de la Ley 5 de 15 de abril de 1988, que establece y regula el Sistema de Ejecución de Obras Públicas por el Sistema de Concesión Administrativa, adicionado por la Ley 76 de 15 de noviembre de 2010.

El fallo tuvo la ponencia de la magistrada Maribel Cornejo Batista y recibió el salvamento de voto de sus colegas María Eugenia López y José Ayú Prado.

La Corte determinó que las normas demandadas violentan los artículos 163 numeral 1 y 258 de la Constitución Política.

En su parte resolutiva, el fallo subrayó que "si un bien es de dominio público, el relleno sobre éste, también lo es, por lo tanto, si ese bien es dado en concesión, ambos deberán revertir al Estado, puesto que si se permite que sean de propiedad privada, estará perdiendo parte de sus elementos constitutivos como lo son el mar territorial, las playas y el lecho marino".

De forma enérgica, recalcó que "la concesión es el mecanismo constitucionalmente aceptado (artículo 259) a través del cual, según lo reglamente la ley, los particulares pueden administrar o explotar bienes de dominio público bajo la condición de que el Estado conserve su propiedad; lo contrario sería admitir que, paulatinamente, el gobierno de turno pueda vender o traspasar, bajo el mecanismo de la desafectación, los ríos, los lagos o las costas del país, entre otros bienes de uso público".

El fallo también advierte que "lo anterior no desdice de la atribución concedida al Órgano Legislativo en el numeral 9 del artículo 159 de la Constitución, respecto a "disponer sobre la aplicación de los bienes nacionales a usos públicos, puesto que dicha disposición debe ser entendida y aplicada en su sentido natural que autoriza al legislador a incorporar bienes al uso público, pero no la actividad inversa".

'

13


de mayo se emitió el citado fallo.

La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por los abogados Juan Carlos Henríquez y Víctor Martínez.

VEA TAMBIÉN: Realizando Metas anuncia una gran protesta a nivel nacional para el próximo 5 de julio

El Pleno sustenta su decisión, además, en el desarrollo histórico constitucional desde principios de la República, cuando se permitía la enajenación de cualquier bien del Estado, hasta la actualidad, en que se halla claramente prohibida en la Constitución Política.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

¡Mira lo que tiene nuestro canal de YouTube!

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

#TABOOLA
Clasiguía
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Sucursal de Davivienda, ubicada en El Dorado. Foto: Cortesía

Davivienda integra las operaciones de Scotiabank en Panamá

Cevaxin explica por qué las vacunas son esenciales desde los primeros meses de vida

Multifood Enterprises, empresa del grupo comercial de Budy Attie, anuncia expansión gastronómica de lujo y casual para 2026: Capital Grille y Shake Shack a la cabeza

IFX llevará Starlink a su portafolio para impulsar la conectividad empresarial en América Latina

Así es como los casinos moldearon las normativas de juego en Panamá

Últimas noticias

RM rechaza reelección de los cargos de presidente de la Corte y Sala Penal.

RM rechaza reelección de los cargos de presidente de la Corte y Sala Penal

Jefes de Estado de países integrantes. Foto: EFE

'Reestablecer el orden democrático', piden seis países latinoamericanos a Venezuela

Labubu es el nombre del muñeco monstruo principal de la línea, que incluye al líder Zimomo, su compañera Mokoko y su novio Tycoco como personajes. EFE

El fenómeno de los muñecos Labubu tendrá película dirigida por el británico Paul King

Esta mesa técnica permitió fortalecer la articulación interinstitucional y promover prácticas productivas sostenibles. Diomedes Sánchez

Colón: analizan el cambio climática y su efecto en la agricultura

Los jefes de Estado de países integrantes y representantes de estados asociados de la LXVII Reunión Ordinaria del Mercosur. EFE

Brasil pasa la presidencia del Mercosur a Paraguay

Lo más visto

Acusaciones cruzadas entre Foco y Álvaro Alvarado por declaraciones de Mulino sobre chantaje y extorsión

Anel Flores dijo ser accionista importante de una de las cuatro centrales a sus azucareras del país.

'El bochinche es que hay un negociado con el etanol porque el Contralor es accionista de un ingenio'

La operación también contempla un proceso de transición diseñado para proteger a los colaboradores. Archivo

Grupo Cibest vende Banistmo en Panamá a Inversiones Cuscatlán

Moore fue Fiscalía Especial Anticorrupción

Corte declara legal destitución de ex fiscal Zuleyka Moore

El contrato de Revisalud termina el 18 de enero de 2026. Foto ilustrativa

Licitación de concesión de recolección de basura en San Miguelito podría caerse

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

Newsletter



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2025.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".