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Judicial / Fallo contra Martinelli y Epasa es 'sesgado y alejado del derecho'

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Panamá América Panamá América Martes 18 de Noviembre de 2025
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Epasa / Ilegalidad / New Business / Panamá / Ricardo Martinelli

Panamá

Fallo contra Martinelli y Epasa es 'sesgado y alejado del derecho'

Actualizado 2023/08/02 00:00:18
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

La defensa de Ricardo Martinelli manifestó que la jueza Baloisa Marquínez basó su decisión del caso en suposiciones y no en material probatorio.

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La sentencia condenatoria en el caso New Business, en contra de Ricardo Martinelli y la expropiación de Grupo Epasa, que publica los diarios Panamá América, Crítica y Día a Día, se da mediante un fallo sesgado, abusivo y apartado del Derecho, así lo planteó el equipo legal del candidato presidencial por el Partido Realizando Metas (RM), en su escrito de apelación.

Explican que dicha sentencia se ampara en suposiciones del Tribunal de Causas Penales de Panamá, que dirige la jueza Baloisa Marquínez y no en material probatoria que tenga realmente la posibilidad de resquebrajar el estado de inocencia de Martinelli.

De acuerdo con la defensa, el yerro en que incurre el tribunal de primera instancia se origina producto de situaciones como el uso indebido de las declaraciones de los dos testigos protegidos del proceso (N-FECDO-01-2020 y N-FECDO-10-2020), quienes además de no ser sometidos al contradictorio, eran sospechosos por tener intereses directos en el proceso al haber sido imputados dentro de la presente causa de New Business.

Igualmente, denuncian el uso de pruebas trasladadas y no controvertidas por la defensa técnica.

Otro punto importante que se destaca es la utilización de un informe no científico y sesgado, el cual fue elaborado por el comisionado de la Policía Nacional (PN), Eliseo Ábrego, quien en la audiencia mostró desconocimiento de la materia, no realizó verificaciones para complementarlo y fue contradictorio en la audiencia.

Además de esto, también se usaron testigos que fueron premiados, los cuales salieron del expediente a cambio de mencionar sin pruebas a Martinelli, pesar de que los mismos se contradicen con sus primeras declaraciones y las pruebas que aportaron a juicio.

Elementos que, según la defensa en su apelación, carecen de valor probatorio y fueron desconocidos por la jueza Marquínez. Sin embargo, la jueza se apoyó en los mismos al momento de adoptar la cuestionada decisión, la cual acarrea evidentes violaciones a las garantías del debido proceso, derecho de defensa, derecho al contradictorio, igualdad de las partes, etc.'

120


paginas cuenta el recurso de apelación presentado por la defensa del candidato presidencial Martinelli.

"Respecto a los testigos de identidad protegida, lo primero que debemos señalar es que el Tribunal A quo fundamentó su sentencia condenatoria apoyándose en los testimonios de los testigos N-FECDO-01-2020 y N-FECDO-10-2020 cuando los mismos no comparecieron al juicio a pesar de haber sido admitido como testigos de la defensa en el auto vario No.69 del 31 de marzo del año 2023", afirma la defensa del expresidente.

De acuerdo con el equipo legal, la incomparecencia al juicio de estos testigos, fue responsabilidad del Ministerio Público (MP), quien estaba obligado a hacerlos comparecer a rendir testimonios y no realizaron las gestiones para garantizarle el derecho de defensa a Ricardo Martinelli.

Agregaron que esto tampoco fue tutelado por la jueza Marquínez, la cual se negó a suspender la audiencia de conformidad a lo establecido en el Código Judicial, artículo 2267. Petición que fue hecha en varias ocasiones por los diversos abogados que participaron en el juicio, violando el debido proceso.

Esta situación ocasionó un claro menoscabo del principio de contradicción para todos los procesados, entre ellos Ricardo Martinelli a quien se le limitó o restringió ese derecho que le otorga la Constitución Nacional, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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La defensa en su apelación le está solicitando al Tribunal Superior de Liquidación que revoque la decisión de primera instancia y se declare la nulidad por vicios procesales, se acceda a la petición de acumulación de los casos New Business y Odebrecht y se absuelva a Martinelli.

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