Panamá
Filtración de fallos en la Corte Suprema de Justicia convierte en letra muerta sus normas éticas
Las normas éticas que rigen la conducta de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y jueces es tan amplia que se extiende a sus redes sociales, sus comunicaciones públicas y privadas, así como sus actuaciones en sociedad.
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- - Actualizado: 27/10/2021 - 07:12 am
En medio del escándalo de la filtración de fallos, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia actualizó el Manual de Buenas Prácticas Judiciales y Administrativas, que obliga a magistrados y jueces a "cuidar la privacidad de los procesos".
La Corte Suprema de Justicia enfrenta una campaña mediática de descrédito por parte de sectores interesados, luego de que se filtró el borrador de un fallo del magistrado Cecilio Cedalise que podría beneficiar al expresidente Ricardo Martinelli.
El propio Cedalise, el Colegio Nacional de Abogados, juristas independientes y grupos de la sociedad le exigen al presidente de la Corte Suprema, Luis Ramón Fábrega, que propicie una investigación penal y administrativa sobre la filtración de esta información, sin que hasta la fecha haya algún pronunciamiento al respecto.
El magistrado Cecilio Cedalise ha dicho que el borrador de fallo que le envió a cada uno de los magistrados está encriptado y que es fácil reconocer quién lo filtró.
Quien haya incurrido en esta conducta podría haber cometido el delito de sustracción de documentos públicos, además de una serie de violaciones al Código de Ética Judicial y ahora el Manual de Buenas Prácticas Judiciales y Administrativas.
Flagrante violación
La segunda edición del citado manual, que fue actualizada por el Pleno de la Corte Suprema y promulgada en la Gaceta Oficial, destina varios artículos al tema de las buenas prácticas de magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones y de la "privacidad de los procesos" que atienden.
Incluso, hay un importante espacio destinado a las "buenas prácticas judiciales", que buscan mantener la integridad de la Corte y del Órgano Judicial ante la sociedad, su transparencia e independencia.'
"Percepción de corrupción, desinformación de la ciudadanía, conceptos errados sobre los fallos judiciales, incumplimiento de la normativa que resguarda los datos personales y rumores que le hacen daño a la administración de justicia".
El manual también instruye a los magistrados y jueces a que toda información que se genere sobre casos de interés social debe hacerse mediante una comunicación oficial y a través de la Secretaría de Comunicación del Órgano Judicial. Los mensajes que se emitan en el marco del cumplimiento de esta norma deben ser breves y sencillos, siempre a través del canal oficial, y respetando las políticas establecidas por el Órgano Judicial al respecto.
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Las normas son abarcadoras y se extienden hasta el comportamiento público y privado de los magistrados y jueces, así como su interacción de las redes sociales.
Por ejemplo, se les prohíbe dar "like" a mensajes que sean discriminatorios o que violen la Constitución Nacional, la "privacidad, la presunción de inocencia" y los convenios internacionales vigentes.
Igualmente, se les prohíbe a magistrados y jueces dar "likes" o comentar sobre casos que hayan conocido, violar la "privacidad de los procesos, las partes y los actores" en casos que están pendientes de resolver aún.
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Tampoco pueden los magistrados y jueces mostrar inclinación, a favor o en contra, en grupos privados o públicos, sobre casos legales que conozcan.
Los magistrados y jueces también tienen vedado emitir "rumores y malos entendidos", brindar información que sea inoportuna y realizar actos que propicien una percepción de corrupción.
El Manual es puntual al señalar que las decisiones judiciales solo se podrán divulgar cuando estén firmadas por todos los juzgadores y haya sido refrendada por la Secretaría Judicial. Su divulgación a la ciudadanía únicamente puede hacerse a través de un "conducto oficial".
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