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Judicial / Justicia comunitaria de Paz no logra consolidarse

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Alianza Ciudadana Pro Justicia / Juez de Paz / Organo Judicial / Sistema Penal Acusatorio / Juan Carlos Varela

Justicia comunitaria de Paz no logra consolidarse

Actualizado 2019/03/03 07:48:51
  • Adiel Bonilla
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Entre sobresaltos, se cumple el primer año de los jueces de paz, con la promesa incumplida de las autoridades de lograr una efectiva implementación.

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Informe señala que los nuevos funcionarios no están debidamente capacitados.

Informe señala que los nuevos funcionarios no están debidamente capacitados.

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A un año de su implementación en el Primer Distrito Judicial (Panamá, Colón, Panamá Oeste, Darién y las comarcas), la Justicia Comunitaria de Paz sigue sin consolidarse, provocando afectaciones a la población en localidades donde todavía no está nombrado un juez de paz y la figura del antiguo corregidor tampoco existe.

Desde que el presidente Juan Carlos Varela sancionó la Ley N.°16 que regula la Justicia Comunitaria de Paz, el Gobierno prometió un proceso de transformación progresivo, pero eficaz, hasta sustituir corregidores y jueces nocturnos por los jueces de paz.

Pero a la fecha, la promesa vendida al pueblo no se ajusta a la realidad palpable. Han surgido lagunas en la norma, se ha evidenciado también la falta de presupuesto... y sobre todo una rampante falta de voluntad política para lograr una debida implementación de la nueva figura.

Un reciente informe de Alianza Ciudadana Pro Justicia detalla que de los 432 jueces de paz que han sido designados, solo 297 cumplen los parámetros de la ley, en tanto que 135 han sido nombrados de manera interina.

El informe también señala que los nuevos funcionarios no están debidamente capacitados, algo que ha quedado confirmado con casos de extralimitación de funciones, como cuando la jueza de paz de Barú ordenó el arresto ilegal de la periodista Ligia Arreaga.

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El citado estudio de igual forma revela que las casas de justicia de paz funcionan en las mismas estructuras donde operaban las corregencias, y hasta con el mismo mobiliario.'

16


es el número de la Ley de 2016 sobre Justicia Comunitaria de Paz, que todavía tiene pendiente su reglamentación.

135


jueces de paz mantienen sus nombramientos de forma interina.

"Los juicios de la paz no tienen lo mínimo necesario, como papelería, computadora o vehículos para cumplir con las diligencias", cita el informe

En este sentido, el abogado y exvicepresidente de la República, Arturo Vallarino, señala que pareciera que "no se hizo más que cambiar el nombre de corregidor por el de juez de paz, y esa no era la idea".

El veterano político opina que ha habido poca coordinación, se dejaron en el aire aspectos concretos sobre el presupuesto y la forma de financiamiento para operar.

Para Magaly Castillo, de Alianza Ciudadana Pro Justicia, el problema es una conjugación entre falta de presupuesto y poco compromiso de las autoridades locales.

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Adicional, la activista distingue "un problema en la ley", porque se dice que los municipios tienen que financiar las casas de justicia, pero a su vez los alcaldes argumentan que no están facultados para usar los dineros de la descentralización para la justicia de paz.

"Hay que hacer una reforma que diga que sí, que tienen que usar ese dinero para la implementación de la justicia de paz", recomienda Castillo.

No obstante, el jurista Ernesto Cedeño no comparte del todo esta postura. Reconoce que hay un problema presupuestario y faltan ajustes a la ley, pero antes que todo -opina- hay un problema de falta de voluntad de las autoridades.

"El problema es serio. Por lo que también necesitamos que los candidatos a la presidencia pongan en su discurso este tema, junto a la prevención de la violencia", aportó Magaly Castillo.

Y aunque la justicia comunitaria se ha librado de vínculos de directrices desde el Órgano Judicial (OJ), la activista recuerda que en ocasiones sí se presta a "confusión", cuando el Ministerio Público (MP) intenta pasarle delitos que son agravados. Por ejemplo, el hurto con penetración en el hogar, que no puede ser administrado como delito simple, sino como un delito agravado.

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