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Magistrado Cecilio Cedalise denunció ilegalidades cometidas por la Corte Suprema de Justicia

Cecilio Cedalise mostró su desacuerdo por el procedimiento poco convencional e irregular aplicado por el pleno de la Corte en este caso.

Luis Ávila - Actualizado:

Cecilio Cedalise, magistrado d ela Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Archivo

El magistrado Cecilio Cedalise denunció una serie de irregularidades cometidas por la mayoría del pleno de la Corte Suprema de Justicia, tras resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Carlos Carrillo, por la no imputación del expresidente Ricardo Martinelli.

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Cedalise denunció como le arrebataron la ponencia del recurso presentado por Carrillo, en el que él declaraba inconstitucional la no imputación de Ricardo Martinelli, promovida por el exmagistrado de la Corte, Jerónimo Mejía.

En su salvamente de voto, el funcionario manifestó que mostró su absoluto desacuerdo con el procedimiento poco convencional e irregular que fue aplicado en este negocio judicial que "desconoce las reglas de la tramitación procesal de las causas que se ventilar en la corporación de justicia".

Además, mostró su discordancia con el contenido de la decisión adoptada por la mayoría del pleno de la Corte, al distanciarse de la consolidad jurisprudencia sentada por los distintos integrantes de este cuerpo colegiado de justicia.

"La referida sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, fechada del día lunes 20 de diciembre de 2021, cuyo contenido se origina del contraproyecto o proyecto del nuevo ponente que logró serlo, dado que el primer proyecto de mi despacho no contó con la mayoría para convertirse en una decisión final y que al ponerse en circulación, nunca fue sometido a la discusión del pleno", denunció Cedalise.

Añadió que su proyecto nunca fue sometido a discusión, a pesar de que contaba con dos observaciones sustentadas y presentadas oportunamente, por sendos integrantes del pleno de la Corte Suprema de Justicia, por lo que no hubo votación, ni deliberación en sesión ordinaria, realizada los días jueves.

Cedalise añadió que sus observaciones las compartió con el resto de los miembros del pleno y se enviaron el día 17 de diciembre de 2021, es decir dentro del término de los 20 días para su lectura, que corrieron del 17 de noviembre al 23 de diciembre del año pasado.

En dichas observaciones, Cedalise expresó que no compartía la inviabilidad de una acción de inconstitucionalidad sobre el hecho de que la admisibilidad de una denuncia o querella entablada contra un diputado equivale a la imputación de cargos.

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El magistrado solicitaba en sus observaciones, que cómo había pasado la fecha de admisibilidad, el pleno se reuniera para que emitiera un pronunciamiento de mérito para ver el tema.

Enfatizó que pesa a sus observaciones, se procedió a circular la sentencia, a fin de recoger las firmas y sin tomar en cuenta las observaciones, siendo lo procedente someter el asunto a la discusión y deliberación.

Cedalise hizo una serie de razonamientos por los cuales él consideraba que la acción de inconstitucionalidad de la no imputación debió resolverse de fondo con un pronunciamiento de mérito y no declarar su inviabilidad como se hizo, lo que según él representa un claro retroceso.

En su salvamento de voto, el magistrado Cecilio Cedalise señaló que hizo como suyos argumentos plasmados por el magistrado José Ayú Prado, quien también salvo su voto.

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