Código Procesal Penal establece un plazo de dos meses para investigar
El artículo 470 del Código Procesal Penal establece los procedimientos especiales dentro de la Asamblea para atender querellas contra el presidente de la República, magistrados de
El artículo 470 del Código Procesal Penal establece los procedimientos especiales dentro de la Asamblea para atender querellas contra el presidente de la República, magistrados de la Corte Suprema de Justicia y sus suplentes.
Según este artículo, el fiscal se elige a través de los votos del pleno de la Asamblea y este tiene un plazo de dos meses calendario para examinar la documentación e investigar los hechos objeto de la denuncia o querella presentada. Entre las funciones del fiscal está recabar pruebas favorables y desfavorables contra el imputado, y podrá solicitar a la subcomisión de Garantías la autorización para la práctica de pruebas anticipadas o de aquellas que por su urgencia puedan producir la negación o ineficacia del proceso. El diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Pedro Miguel González fue elegido para ser el fiscal en este caso, el primero desde que se juzgara al magistrado José Manuel Faúndes.
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