Dictan normas para construcciones
Publicado 2000/02/02 00:00:00
- Redacción / Contacto
La Dirección de Obras y Construcciones del Municipio de Panamá informó que toda construcción que se realice en el distrito capital deberá presentar en su punto más visible un letrero de identificación y la falta a esta disposición será sancionada con la suspensión de la obra.
De acuerdo con una nota de prensa de esa dirección municipal, este letrero, cuyas dimensiones no deberán ser menores de 0.60 metros por 0.90 metros, deberá indicar el nombre del profesional residente, el nombre e identificación de la empresa responsable, título profesional y número de certificado de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
Agrega que esta dependencia exigirá, cuando lo estime conveniente, que se sometan a las pruebas que ella indique, los materiales que se emplearán en la construcción y rechazará los que no cumplan con los requisitos exigidos por la ley.
Señala que, en base al Acuerdo Municipal N° 58 de 1993, la dirección de Obras exigirá la aplicación de las medidas que garanticen la seguridad de los peatones, edificaciones adyacentes y obreros, como son los cascos, cinturones y mallas de seguridad.
En el sitio de la obra deben reposar copias del permiso de construcción y de los planos revisados y registrados por esta dirección.
Aclara que todo constructor o propietario que inicie una obra sin el permiso escrito, será citado a la Dirección de Obras y Construcciones y de no contar con los documentos requeridos se procederá a la suspensión de la obra.
De acuerdo con una nota de prensa de esa dirección municipal, este letrero, cuyas dimensiones no deberán ser menores de 0.60 metros por 0.90 metros, deberá indicar el nombre del profesional residente, el nombre e identificación de la empresa responsable, título profesional y número de certificado de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
Agrega que esta dependencia exigirá, cuando lo estime conveniente, que se sometan a las pruebas que ella indique, los materiales que se emplearán en la construcción y rechazará los que no cumplan con los requisitos exigidos por la ley.
Señala que, en base al Acuerdo Municipal N° 58 de 1993, la dirección de Obras exigirá la aplicación de las medidas que garanticen la seguridad de los peatones, edificaciones adyacentes y obreros, como son los cascos, cinturones y mallas de seguridad.
En el sitio de la obra deben reposar copias del permiso de construcción y de los planos revisados y registrados por esta dirección.
Aclara que todo constructor o propietario que inicie una obra sin el permiso escrito, será citado a la Dirección de Obras y Construcciones y de no contar con los documentos requeridos se procederá a la suspensión de la obra.

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