Endurecen los requisitos para abrir guarderías
- Francisco Paz
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Para que una persona natural o jurídica pueda abrir una guardería, ahora deberá pasar por 23 pasos, tras modificar el Ejecutivo, la reglamentación de estos centros.

La norma anterior era de 1999. /Foto Archivo
Para que una persona natural o jurídica pueda abrir una guardería, ahora deberá pasar por 23 pasos, tras modificar el Ejecutivo, la reglamentación de estos centros, que ahora no serán llamados como tradicionalmente se les conocía.
Los centros integrales de desarrollo infantil, popularmente conocidos como Coif, ahora se llamarán Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (Caipi).
Para establecer uno de estos centros ahora el interesado deberá aportar copia de cédula, autenticada por el Tribunal Electoral; certificado de uso complementario educativo, otorgado por el Ministerio de Vivienda; certificado de viabilidad, otorgado por el Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc); historial penal y policivo; nota de la corregiduría sobre la conducta ciudadana en la comunidad, entre otras disposiciones.
Además, los Caipi deberán regirse por el currículo de primera infancia desde el nacimiento a los 3 años, aprobado por el Ministerio de Educación y no por planes o guías de estimulación precoz, como funcionan en la actualidad.
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