Entra en vigencia Ley de Paternidad Responsable
Publicado 2003/11/07 00:00:00
- BerlÃn
Más de 120 mil menores de edad que hay en Panamá, y que no han sido reconocidos por sus padres, podrán optar por este derecho con la entrada en vigencia de la Ley de Paternidad Responsable, presentada por la legisladora Teresita de Arias.
Según lo establecido en la ley que entró en vigencia este mes de noviembre, dispone que al momento que se registre el nacimiento de una criatura, la madre tendrá que declarar bajo la gravedad de juramento, quién es el padre y en el caso que la persona que ella señale, se niegue a aceptar su responsabilidad correspondería a las autoridades iniciar el proceso.
Explicó que el proceso para el reconocimiento de la criatura en el caso que el padre se niegue a aceptar la responsabilidad es sencillo, no requiere de abogado y basta con que la madre llene un formulario en el Registro Civil y muestre su cédula.
Una vez, la madre solicite el inicio del proceso, unidades de la Policía Técnica Judicial (PTJ) o la Policía Nacional notificarán a la persona señalada como el padre y en el caso que éste se niegue a reconocer al menor, se le practicará un examen de ADN.
En el caso que resulte ser el padre biológico del menor, tendrá que pagar el costo del examen y de resultar negativo corresponderá a la madre cancelar el mismo.
Se establece que en el caso que la persona señalada por la madre no sea el padre del menor, ésta podrá ser sancionada con una pena de entre dos a cinco años de prisión, por falso juramento.
La legisladora Arias manifestó que anualmente en Panamá nacen más de siete mil niños que no son reconocidos por sus padres a pesar de que más del 90% de los menores nacidos vivos en el país nacen en centros de salud u hospitales.
Por medio de esta misma ley, se permite que los padres biológicos de un menor puedan reconocerlos a pesar de que la madre esté casada con otro hombre, lo cual no se permitía hasta antes de la entrada en vigencia de esta norma.
Según lo establecido en la ley que entró en vigencia este mes de noviembre, dispone que al momento que se registre el nacimiento de una criatura, la madre tendrá que declarar bajo la gravedad de juramento, quién es el padre y en el caso que la persona que ella señale, se niegue a aceptar su responsabilidad correspondería a las autoridades iniciar el proceso.
Explicó que el proceso para el reconocimiento de la criatura en el caso que el padre se niegue a aceptar la responsabilidad es sencillo, no requiere de abogado y basta con que la madre llene un formulario en el Registro Civil y muestre su cédula.
Una vez, la madre solicite el inicio del proceso, unidades de la Policía Técnica Judicial (PTJ) o la Policía Nacional notificarán a la persona señalada como el padre y en el caso que éste se niegue a reconocer al menor, se le practicará un examen de ADN.
En el caso que resulte ser el padre biológico del menor, tendrá que pagar el costo del examen y de resultar negativo corresponderá a la madre cancelar el mismo.
Se establece que en el caso que la persona señalada por la madre no sea el padre del menor, ésta podrá ser sancionada con una pena de entre dos a cinco años de prisión, por falso juramento.
La legisladora Arias manifestó que anualmente en Panamá nacen más de siete mil niños que no son reconocidos por sus padres a pesar de que más del 90% de los menores nacidos vivos en el país nacen en centros de salud u hospitales.
Por medio de esta misma ley, se permite que los padres biológicos de un menor puedan reconocerlos a pesar de que la madre esté casada con otro hombre, lo cual no se permitía hasta antes de la entrada en vigencia de esta norma.

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